Resolución Exenta nº 2001120-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Ampliación Planta Desaladora Norte - Normativa - VLEX 916273681

Resolución Exenta nº 2001120-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Ampliación Planta Desaladora Norte

Número de resolución2001120-2021
Fecha de publicación10 Diciembre 2021
Año2021
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Antofagasta
Califica Ambientalmente el proyecto “Ampliación Planta Desaladora Norte”
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Antofagasta
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VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto “Ampliación Planta Desaladora
Norte”, presentada por Aguas de Antofagasta S.A. con fecha 16 de octubre de 2020 y admitida a
trámite con fecha 20 de octubre de 2020, su Adenda del 31 de mayo de 2021 y su Adenda
Complementaria del 25 de octubre de 2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
“Ampliación Planta Desaladora Norte”.
3°. El Acta de Evaluación 08/2021 de fecha 27 de enero de 2021, del Comité Técnico de la
Región de Antofagasta.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Ampliación Planta Desaladora Norte” de fecha 22 de
noviembre de 2021.
5°. El acuerdo N°77/2021 del 30 de noviembre de 2021 de la sesión de la Comisión de Evaluación
de la Región de Antofagasta.
6°. La Resolución de Calificación Ambiental N°0228/2001 de fecha 27 de septiembre de 2001 de la
Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, del proyecto Planta
Desaladora de Agua de Mar de Antofagasta II Región Chile”, la Resolución de Calificación
Ambiental N° 0397/2014 de fecha 07 de julio de 2014 de la Comisión de Evaluación de la Región
de Antofagasta, del proyecto “Actualización y Ampliación Planta Desaladora La Chimba”; que se
modifican a través de la presente Resolución.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto “Ampliación Planta Desaladora Norte”.
8°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº
40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (“Reglamento del SEIA”); en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los
Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
del Estado; en la Resolución Nº 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de
Razón; en la Resolución Exenta RA Nº 119046/280/2019 de fecha 03/09/2019 que nombra al
Director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta (“SEA Antofagasta”);
y en el Decreto Supremo Nº 178 de fecha 12 de julio de 2021, del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública que nombra al Delegado Presidencial de la Región de Antofagasta, se dicta lo
siguiente:
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 10-12-2021 12:57:25:387 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 10-12-2021 12:57:29:364 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Aguas de Antofagasta S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación
de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Ampliación Planta Desaladora Norte” (en
adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Aguas de Antofagasta S.A.
Rut
76.418.976-0
Domicilio
Av. Pedro Aguirre Cerda 6496
Teléfono
55-2356801
Nombre representante legal
Mario Corvalán Neira
Rut representante legal
10.621.674-6
Domicilio representante legal
Av. Pedro Aguirre Cerda 6496
Teléfono representante legal
55 2356700
Correo electrónico Titular o
representante legal
mcorvalan@aguasantofagasta.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 22 de noviembre de 2021, el Director del Servicio
de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, por
cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la
sección 8 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en
los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 6 del ICE; no genera ni
presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan
origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los
errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones,
Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión 36/2021, de fecha 30 de noviembre de 2021, la Comisión de Evaluación de la
Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Ampliación Planta Desaladora Norte”,
aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 22 de noviembre de 2021, el que forma parte
integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso
segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones
técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo del Proyecto consiste en disponer de un sistema de
producción de agua potable sustentable y sostenido en el tiempo para
las ciudades de Antofagasta y Mejillones.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
Ambiental (SEIA):
“o) Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas de
alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de agua o
residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios
submarinos, sistemas de tratamiento y disposición de residuos
industriales líquidos o sólidos.”
Vida útil
El Proyecto tendrá una vida útil de 390 meses.
Para más detalle ver respuesta I.3 del ítem I de la Adenda
Complementaria de la DIA.
Monto de inversión
USD 146.700.000
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
La actividad que marcará el hito de inicio del Proyecto será la
ejecución de las obras proyectadas correspondiente a la habilitación
Instalación de Faena.
Proyecto se desarrolla por
etapas
No
El Proyecto no se desarrollará por etapas.
[X]
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Proyecto modifica un
proyecto o actividad
No
En la Tabla 1-3 de la DIA, se detallan las RCA
modificadas por motivo del presente Proyecto.
Proyecto modifica otra(s)
RCA
No
El Proyecto modifica las siguientes Resoluciones de
Calificación Ambiental:
- RCA N° 228/2001 que califica favorablemente
el Proyecto “Planta Desaladora de Agua de Mar
de Antofagasta II Región Chile”.
- RCA N°397/2014 que califica favorablemente
el Proyecto “Actualización y Ampliación Planta
Desaladora La Chimba”.
Para más detalle de las modificaciones de
resoluciones de calificación ambiental vigentes ver
Tabla 1-3 de la DIA.
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto se emplazará en la región, provincia y comuna de
Antofagasta, en el sector donde actualmente se ubica la Planta
Desaladora Norte (Ex La Chimba).
Descripción de la localización
El Proyecto consiste en un aumento de capacidad de la Planta
Desaladora Norte (Ex Planta Desaladora La Chimba), ubicada en
la ciudad de Antofagasta, e involucra tanto a las obras de
ampliación proyectadas como a las obras que forman parte del
Sistema de Desalación Adicional y del Sistema de Desalación
Provisorio.
Superficie
El Proyecto contempla intervenir 3,55 ha. Para más detalle ver
numeral 1.6.3 de la DIA.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
Las Coordenadas Geográficas del Proyecto se presentan en la
Tabla 1-7, TABLA 1-8 y TABLA 1-9 del DIA.
Caminos de acceso
El acceso al Proyecto en específico es a través de la Ruta N°1
desde el acceso norte de la ciudad de Antofagasta con dirección al
sur, tomando la Caletera Pedro Aguirre Cerda a la altura de la
rotonda que da acceso a la ruta B-446.
Referencia al expediente de
evaluación de los mapas,
georreferenciación e
información complementaria
sobre la localización de sus
partes, obras y acciones
En el Anexo 2.3 de la DIA se adjunta el KMZ correspondiente al
área del Proyecto, actualizado en el Anexo 01 de la Adenda, donde
se puede visualizar el Layout de implantación del Proyecto.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Instalación de faenas
Las Instalación de faena tendrá una superficie de 1,5 ha y estará
compuesta por: oficinas, comedor, servicios higiénicos, garita de
acceso, camarines, patio de acopio de materiales, bodega de
almacenamiento de equipos, contenedores de residuos sólidos
domiciliarios y asimilables a domiciliarios, patio de acopio para
residuos industriales no peligrosos, bodega de RESPEL,
estacionamientos y PTAS.
Habilitación de la
instalación de faenas
Posterior al despeje y nivelación del terreno, se realizará el cierre
perimetral para luego movilizar los recursos al terreno (maquinaria,
equipos, instalaciones, etc.). Una vez con materiales y maquinarias
dispuestas, se procederá a la construcción de radieres para montar los
distintos contenedores que serán habilitados como: oficinas
administrativas, talleres, comedores, camarines, baños y lavamanos,
bodegas de herramientas, bodega de RESPEL; además se contempla
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