Resolución Exenta nº 160015-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Subestación seccionadora Montenegro 220-154/66/13,2 kV - Normativa - VLEX 916273802

Resolución Exenta nº 160015-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Subestación seccionadora Montenegro 220-154/66/13,2 kV

Número de resolución160015-2022
Fecha de publicación20 Enero 2022
Año2022
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Ñuble
Califica Ambientalmente el proyecto “Subestación seccionadora Montenegro 220-154/66/13,2 kV”
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Chillán
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VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 30 de septiembre de 2020 y su Adenda
Complementaria de 2 de diciembre de 2021, del proyecto “Subestación seccionadora Montenegro 220-
154/66/13,2 kV”, presentado por Sistema de Transmisión del Sur S.A. con fecha 18 de febrero de
2020.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la
base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan
en el capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Subestación
seccionadora Montenegro 220-154/66/13,2 kV”.
3°. El Acta de Evaluación N° 08 de 18 de marzo de 2021, del Comité Técnico de la Región de Ñuble.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Subestación seccionadora Montenegro 220-154/66/13,2 kV” de 30
de diciembre de 2021.
5°. El Acta N° 01 de 07 de enero de 2022, de la sesión ordinaria de la Comisión de Evaluación de la
Región de Ñuble.
6°. La Resolución Exenta Nº 50, del 06 de abril de 2021 de la Dirección Regional del Servicio de
Evaluación Ambiental Región de Ñuble que dispuso la realización de un proceso de participación
ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del
Medio Ambiente.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA
del proyecto “Subestación seccionadora Montenegro 220-154/66/13,2 kV”.
8°.Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de
2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (“Reglamento del SEIA”); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el D.F.L. Nº
1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 19-01-2022 17:03:30:583 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 19-01-2022 17:03:33:556 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República que Fija Normas sobre Exención
del Trámite de Toma de Razón; en el Decreto en trámite N° 178 de fecha 12 de julio de 2021, del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Delegadas Presidenciales y Delegados
Presidenciales Regionales; en el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de
Ñuble, aprobado mediante Resolución Exenta N° 02 de fecha 26 de septiembre de 2018 y modificado
a través de la Resolución Exenta N° 129 de fecha 19 de agosto de 2021; y en la Resolución TRA
119046/418/2019 de 17 de diciembre 2019 que designa Directora Regional del SEA Ñuble.
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CONSIDERANDO:
1°. Que, Sistema de Transmisión del Sur S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Subestación seccionadora Montenegro
220-154/66/13,2 kV” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Sistema de Transmisión del Sur S.A.
Rut
77.683.400-9
Domicilio
Manuel Bulnes 441, Osorno, Región de los Lagos.
Teléfono
642385100
Nombre representante legal
Sebastián Renato Sáez Rees
Rut representante legal
8955392-K
Domicilio representante legal
Manuel Bulnes 441, Osorno, Región de los Lagos.
Teléfono representante legal
642385100
Correo electrónico Titular o
representante legal
sebastian.saez@saesa.cl alondra.leal@saesa.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 30 de diciembre de 2021, el Servicio de Evaluación
Ambiental Región de Ñuble ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa
de carácter ambiental aplicable; con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos
en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o
circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un
Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes
planteados en los Informes Consolidados de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o
Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 07 de enero de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble acordó
calificar favorablemente el proyecto “Subestación seccionadora Montenegro 220-154/66/13,2 kV”,
aprobando íntegramente el contenido del ICE de 30 de diciembre de 2021, el que forma parte
integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso
segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas
en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
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