Resolución Exenta nº 1300186-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Fotovoltaico Farol - Normativa - VLEX 916273112

Resolución Exenta nº 1300186-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Fotovoltaico Farol

Número de resolución1300186-2021
Fecha de publicación06 Octubre 2021
Año2021
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Antofagasta
Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Fotovoltaico Farol”
>
Antofagasta
ESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 30 de abril de 2021 y su Adenda
Complementaria de 20 de agosto de 2021, del proyecto “Parque Fotovoltaico Farol”, presentado
por Farol Solar SpA con fecha 18 de diciembre de 2021 y admitida a trámite con fecha 21 de
diciembre de 2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
Parque Fotovoltaico Farol”.
3°. El Acta de Evaluación 17 de 02 de marzo de 2021, del Comité Técnico de la Región de
Antofagasta.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Farol” de 13 de septiembre de 2021.
5°. El Acta N° 22/2021 de 22 de octubre de 2021, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la
Región de Antofagasta.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA
del proyecto Parque Fotovoltaico Farol.
7. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de
2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (en adelante “RSEIA”); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
Resolución Nº 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; la Resolución
Exenta RA Nº 119046/280/2019 de fecha 03/09/2019 que nombra al Director Regional del SEA de
la Región de de Antofagasta a la Comisión de Alta Dirección Pública del Servicio Civil y en el
Decreto Supremo Nº 178 de fecha 12 de julio de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública
que nombra al Delegado Presidencial de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 06-10-2021 11:27:39:511 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 06-10-2021 11:27:41:404 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Farol Solar SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Farol(en adelante, el Proyecto). Los
antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Farol Solar SpA
Rut
77.116.747-0
Domicilio
Miraflores 222, piso 28, Comuna Santiago Centro, Santiago.
Teléfono
56 9 52265504
Nombre representante legal
Gonzalo Raúl Moyano Gortazar
Rut representante legal
13.433.501-7
Domicilio representante legal
Miraflores 222, piso 28, Comuna Santiago Centro, Santiago
Teléfono representante legal
56 9 52265504
Correo electrónico Titular o
representante legal
plazo@distributedpowerpartners.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 13 de septiembre de 2021, el Director del Servicio de
Evaluación Ambiental II Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el
proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del
ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos
ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 6 del ICE; no genera ni presenta los
efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la
necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores,
omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones,
Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 22 de octubre, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó
calificar favorablemente el proyecto “Parque Fotovoltaico Farol”, aprobando íntegramente el
contenido del ICE de 13 de septiembre de 2021, el que forma parte integrante de la presente
Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del
SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El Proyecto tiene por objetivo proporcionar energía eléctrica a través de
energías renovables no convencionales (ERNC), por medio de central
fotovoltaica de 9 MW AC. La energía será inyectada al SEN.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
Art. 3 RSEIA: c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW
Vida útil
40 años
Monto de inversión
USD 12.000.000
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
El hito que iniciará la ejecución del Proyecto será la instalación del
contenedor de Oficinas/Sala de Control en el área de instalaciones.
Proyecto se desarrolla por
etapas
No
[X]
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
No
[X]
No
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Proyecto modifica otra(s)
RCA [sólo en caso de que el
proyecto modifique un
proyecto o actividad]
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto se ubica en la Comuna de Mejillones, Provincia y
Región de Antofagasta, a aproximadamente a 52 km al norte de la
ciudad de Antofagasta y aproximadamente a 9 km al sur de
Mejillones.
Descripción de la localización
La justificación de la localización del Proyecto se basa en la
posibilidad de aprovechar el potencial solar de la zona, la que cuenta
con una privilegiada exposición a la radiación solar, favorecida por
una escasa nubosidad, y, por lo tanto, un buen índice de radiación
solar. A esto también se suma el hecho que existe un punto de
conexión al Sistema Eléctrico Nacional, lo que hace muy ventajosa
su conectividad.
Superficie
42,23 ha
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
Las coordenadas del proyecto se visualizan en la Tabla 1-6.
Coordenadas de referencia del Proyecto (Datum WGS84, UTM
Huso 19 S) de la DIA.
La visualización gráfica del polígono definido para el
emplazamiento de las instalaciones se presenta en la Figura 1-2 de
la DIA.
Caminos de acceso
Al Proyecto se accede ingresando por la Ruta B-272, camino
existente y camino de acceso a construir sobre servidumbre para la
línea eléctrica.
Mayores detalles ver sección 1.3.4 Caminos de acceso al Proyecto
de la DIA.
Referencia al expediente de
evaluación de los mapas,
georreferenciación e
información complementaria
sobre la localización de sus
partes, obras y acciones
Mapa/Plano/SHP/KMZ u otro
Referencia al expediente
Representación cartográfica
del proyecto Parque
Fotovoltaico
Figura 1-2. Representación
cartográfica del proyecto
Parque Fotovoltaico Sección
1.3.2 Representación
cartográfica de la DIA.
Coordenadas de referencia del
Proyecto
Tabla 1-6. Coordenadas de
referencia del Proyecto
(Datum WGS84, UTM Huso
19 S), Sección 1.3.2
Representación cartográfica de
la DIA.
Caminos de acceso al Proyecto
Figura 1-3. Ruta de acceso al
Proyecto. Sección 1.3.2
Representación cartográfica de
la DIA.
Ubicación del Proyecto en
formato KMZ
Anexo 03. Ubicación del
Proyecto en formato KMZ de
la DIA.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Habilitación del área de
instalaciones
Se instalará el contenedor de Oficinas/Sala de Control en el área de
instalaciones el cual será instalado en un terreno en el que se habrá
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