Objetivo general | El Proyecto tiene como objetivo realizar la disposición final de los residuos de combustión de la unidad de generación CTM 4 en el denominado “Depósito CTM existente” (por 12 meses), debido a que el futuro Depósito Cerro Gris no ha sido construido, debido a demoras en la tramitación de la propiedad del terreno ante el Ministerio de Bienes Nacionales. Respecto a lo anterior, cabe señalar que, con fecha 12 de marzo de 2018, se recibió el Decreto Nº 15, fechado el 26 de enero de 2018, del Ministerio de Bienes Nacionales, que aprueba el contrato de compraventa celebrado entre el Fisco de Chile −Ministerio de Bienes Nacionales− y Engie Energía Chile S.A., celebrado el 20 de noviembre de 2017. Asimismo, con fecha 28 de marzo, la escritura y respectivo plano quedaron inscritos en el Conservador de Bienes Raíces de Mejillones, tanto en el registro de Propiedad como en el Registro de Prohibición (en Anexo AD-I.12.a de la Adenda de la DIA, se presentan estos antecedentes). Cumplida esta etapa, ya se estaría en condiciones de iniciar la construcción del depósito Cerro Gris. Paralelamente, el Titular se encuentra en el proceso de tramitación de los permisos sectoriales requeridos. En la Figura AD-2 de la Adenda de la DIA, se muestra el cronograma asociado a estas actividades y a la construcción del depósito Cerro Gris. De acuerdo a lo anterior, existe la suficiente holgura en el cronograma como para no requerir el uso del Depósito CTM para la disposición de los residuos de combustión provenientes de la unidad CTM4, más allá de 1 año plazo. La Unidad generadora CTM 4 y el futuro Depósito Cerro Gris, se encuentran autorizados en el proyecto “Infraestructura Energética Mejillones” (En adelante “Proyecto IEM”), calificado favorablemente por Resolución Exenta (R.E.) N° 094 de fecha 24 de marzo de 2010 (En adelante “R.E. 094/2010”). Cabe señalar que, el sector de emplazamiento del Depósito CTM existente en sus inicios y, el comienzo de la operación de este mismo, fue autorizado en los dos proyectos que dan inicio a la operación de la Central Termoeléctrica Mejillones: - “Central Termoeléctrica Mejillones y Puerto de Mejillones S.A.” calificado favorablemente por R.E. N° 164 de fecha 26 de abril de 1995 (En adelante “R.E. 164/1995”) y, - “Central Termoeléctrica Mejillones Unidad N°2” calificado favorablemente por R.E. N° 013 de fecha 7 de agosto de 1997 (En adelante “R.E. 013/1997”). No obstante, lo anterior, el manejo y disposición final de los residuos de combustión de las unidades generadoras, en la actualidad se realiza conforme a lo establecido en el proyecto “Uso de un Combustible Alternativo en las Unidades 1 y 2 de la Central Térmica Mejillones” calificado favorablemente por R.E. N° 0279 de fecha 10 de diciembre de 2001 (En adelante “R.E. 0279/2001”), sin perjuicio que, en la actualidad ya no se utilice petcoke como combustible. En adelante, se entenderá por los proyectos originales, a los calificados favorablemente por R.E. 164/1995, R.E. 013/1997 y R.E. 0279/2001. Es importante aclarar que, los residuos de combustión de las unidades CTM1 y CTM2 en un inicio, comenzaron utilizando una superficie de 10 hectáreas (ha) para la disposición de sus residuos en el Depósito CTM existente, los cuales fueron dispuestos en capas compactadas en las depresiones naturales del terreno, para luego ser cubiertos con una capa de suelo natural (de acuerdo a lo establecido en proyecto aprobado por R.E. 013/1997), dicho sitio en la actualidad, se encuentra agotado y cerrado para la explotación. El Depósito CTM existente, consta de una superficie de 60 ha totales, las cuales incluyen el sector de 10 ha señalado anteriormente. La operación por celdas se comenzó a utilizar en un sector de 50 hectáreas aledaño al de 10 hectáreas, el cual cesó sus operaciones una vez que entró en servicio el de 50 hectáreas, por tanto, y como se dijo anteriormente, en el sector de 50 ha, se ha estado operando en celdas conforme a lo establecido en la R.E. 0279/2001. Para más detalles, ver respuesta I.2 de la Adenda de la DIA (letras a, b, c, d y e). Cabe señalar que, dentro del sector de las 50 ha, se encuentra el área de las futuras celdas programadas destinadas a recibir las cenizas y escorias de la Unidad CTM 4, las cuales serán dispuestas según lo establecido en R.E. 0279/2001. |