Resolucion núm. 2062 EXENTA, el 30 de Octubre de 2007. ESTABLECE CONDICIONES ESPECÍFICAS DE OPERACIÓN Y UTILIZACIÓN DE VÍAS PARA SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS QUE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470333718

Resolucion núm. 2062 EXENTA, el 30 de Octubre de 2007. ESTABLECE CONDICIONES ESPECÍFICAS DE OPERACIÓN Y UTILIZACIÓN DE VÍAS PARA SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

ESTABLECE CONDICIONES ESPECÍFICAS DE OPERACIÓN Y UTILIZACIÓN DE VÍAS PARA SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS QUE INDICA

Núm. 2.062 exenta.- Santiago, 29 de octubre de 2007.- Visto: El decreto con fuerza de ley Nº 279 de 1960; el decreto ley N° 557 de 1974; los artículos 3° de la ley N° 18.696 y 10° de la ley N° 19.040, las leyes Nos 18.059, 18.290, en particular su artículo 89º; ley Nº 20.206, de 2007, que crea el Fondo de Estabilización Financiera del Sistema de Transporte Público de la ciudad de Santiago; el decreto supremo Nº 212 de 1992, en especial lo dispuesto en su artículo 1º bis; la resolución N° 117, de 2003, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en adelante "el Ministerio", que aprobó las Bases de Licitación Pública de Uso de Vías de la Ciudad de Santiago para la Prestación de Servicios Urbanos de Transporte Público Mediante Buses, en adelante "Licitación Transantiago 2003"; resoluciones N°s 31, 58, 59, 66 y 71, todas de 2004, del Ministerio, que aprobaron modificaciones a dichas Bases de Licitación; resoluciones N°s 70 y 74, de 2004, del Ministerio, que aprobaron las respuestas a las consultas presentadas en dicho proceso de Licitación; la resolución exenta N° 331, de 2005, del Ministerio, que aprobó los Contratos de Concesión de Uso de Vías de la ciudad de Santiago para la prestación de servicios urbanos de transporte público remunerado de pasajeros mediante buses en la ciudad de Santiago, suscritos con fecha 28 de enero de 2005, entre el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y las empresas concesionarias de las unidades de negocio que en ella se indican, en adelante el "Contrato de Concesión" o el "Contrato de Concesión de Vías"; la resolución exenta Nº 1715, de 2005, del Ministerio, que postergó la fecha de inicio de la puesta en marcha de los servicios de la Etapa de Implementación; las resoluciones exentas N°s 1266 y 1683, de 2006, que aprobaron modificaciones de contratos de concesión; la resolución exenta N° 1711, de 2006, que postergó fecha de inicio de la puesta en marcha de los servicios de la Etapa de Régimen; la resolución exenta N° 238, de 2007, que aprobó modificaciones de contratos que indica; la resolución exenta Nº 349, de 1º de marzo de 2007, que aprobó Addendums a las modificaciones de fecha 09 de febrero de 2007 que en ella se indican; la resolución N° 471, de 23 de marzo de 2007, que aprobó Addendum a la modificación de contrato que se indica; la resolución N° 771, de 27 de abril de 2007, que aprobó Addendums a la modificación de contrato que en ella se indican; resolución exenta N° 918, de 11 de mayo de 2007, que aprobó las modificaciones de contrato de concesión de vías que indica, suscritas con fecha 9 de mayo de 2007; resolución exenta N° 1056, de 05 de junio de 2007, que aprobó Addendums de 4 de junio de 2007 a las modificaciones de contrato de concesión de vías que indica, suscritas con fecha 9 de mayo de 2007; la resolución Nº 1234 de 4 de julio de 2007, que aprobó modificaciones a contratos y addendums a modificaciones que indica; la resolución exenta Nº 1506, 2007 y 1898, 2007 que aprueban las modificaciones de los contratos de concesión que indica, el decreto N° 65, de 2007, del Ministerio; la resolución exenta Nº 2030 de fecha 22 de octubre de 2007; la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón y; las demás normas que rijan sobre la materia.

Considerando:

  1. Que, a través de la Licitación Transantiago 2003, se estableció un sistema cuyo objeto es promover el uso del transporte público, facilitando su uso y mejorando el nivel de servicio, además de reducir la contaminación y la congestión, a través del rediseño físico y operacional del sistema de transporte público, el mejoramiento de los sistemas de información a los usuarios, la modernización tecnológica de los servicios, la diversificación de la oferta, la integración física, operacional y tarifaria de los distintos modos, que supone un medio único de acceso al sistema. Para dicho efecto, los servicios de transporte público de superficie se clasifican en dos subsistemas complementarios; uno basado en servicios que operan sobre un conjunto de vías denominadas para estos efectos como red troncal y otro, constituido por una red de servicios...

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