Resolucion núm. 450, el 16 de Febrero de 2009. ESTABLECE ZONIFICACIÓN QUE INDICA - MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470005846

Resolucion núm. 450, el 16 de Febrero de 2009. ESTABLECE ZONIFICACIÓN QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyResolución

ESTABLECE ZONIFICACIÓN QUE INDICA

Núm. 450.- Valparaíso, 23 de enero de 2009.- Visto: Lo dispuesto en el DFL Nº 5, de 1983; el DS Nº 430 de 1991, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura; el DS Nº 319 de 2001, y sus modificaciones, que aprueba el Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la resolución exenta Nº 2.572, de 2007, de la Subsecretaría de Pesca; y lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;

Considerando:

Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 324 letra i), del DFL Nº 5, de 1983, corresponde al Servicio Nacional de Pesca, en adelante "el Servicio", ejecutar las medidas de control que permitan aislar la presencia de las enfermedades de alto riesgo, evitar su propagación y propender a su erradicación.

Que el artículo 18º del Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas aprobado por DS Nº 319 de 2001, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, prescribe que el Servicio podrá establecer, por resolución, una zonificación que comprenda parte o todo el territorio de la República, en función de su estado sanitario.

Que, con arreglo al aludido reglamento, la zonificación consiste en la delimitación de zonas geográficas e hidrográficas en función de la presencia o ausencia de enfermedades de alto riesgo y/o de su agente causal, y comprende las categorías de zona libre, zona de vigilancia y zona infectada.

Que la Anemia Infecciosa del Salmón (ISA) constituye una Enfermedad de Alto Riesgo, declarada en Lista 2. Los resultados de la aplicación del Programa Sanitario Específico de Vigilancia y Control de la Enfermedad, aprobado por resolución 2.638, permiten establecer zonas en las Regiones X, XI y XII,

Resuelvo:

Artículo primero

DEROGADO.

Artículo segundo

Establécese, en virtud de las características oceanográficas, epidemiológicas y operativas, en la zona infectada y zona de vigilancia 1 las siguientes subzonas o áreas de manejo sanitario para el control de la enfermedad Anemia Infecciosa del Salmón (ISA):

  1. Zona Infectada (X Región):

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