Resolución 019-2013 de la Unidad de Análisis Financiero, del 02-08-2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 858003265

Resolución 019-2013 de la Unidad de Análisis Financiero, del 02-08-2013

JurisdicciónChile
Número de resolución019-2013
Fecha02 Agosto 2013
Año2013
Actividad EconómicaSociedad Anónima Deportiva Profesional
Tipo de procesoIncumplimiento Art. 5º y Circular UAF Nº 49
UNIDAD
DE
ANÁLISIS
FINANCIERO
CHiar
RES.
EXENTA
DJ.
N°107-577-2013
ROL
N°019-2013
RECIBE
DESCARGOS, PONE
TÉRMINO
AL
PROCESO
SANCIONATORIO
Y
APLICA
SANCIÓN
QUE
INDICA.
Santiago,
2
de
agosto
de
2013.
VISTOS:
Lo
dispuesto
en
la
los
de
la
19-880;
el
Decreto
Supremo
16,
de
2013,
deI
Ministerio
de
Hacienda;
las
Circular
49,
de
2013,
ambas
de
la
Unidad
de
Análisis Financiero;
las
Resoluciones
Exentas
Dj.
Nos.
107-222-2013, 107-246-2013, 107-329-2013,
la
presentación
del
sujeto
obligado
O’Higgins
S.ADP.,
de
fecha
24
de
abril
de
201
3;
y;
CONSIDERANDO:
1.
Que,
la
Unidad
de
Análisis
Financiero
por
Resolución
Exenta
DJ.
107-222-2013,
de
fecha
4
de
marzo
de
2013,
formuló
cargos
e
inició
un
proceso
sancionatorio
en
contra
del
sujeto
obligado
O’Higgins
SAD.P.,
ya
individualizado
en
este
procedimiento,
por
hechos que
constituirían
una
infracción
a
lo
dispuesto
en
el
artículo
5° de
la
Ley
N°19.913
y
a
las
instrucciones
impartidas
por
esta
Unidad
de
Análisis Financiero
en
la
Circular
UAF
49,
de
2012,
en
relación
al
no
envío
del
Registro
de
Operaciones
en
Efectivo
(ROE),
correspondiente
al
segundo
semestre
del
año
2012.
2.
Que,
mediante
Resolución
Exenta
Dj.
N°107-246-2013,
de
fecha
13
de
marzo
de
2013,
se
ordenó
notificar
el
acto
administrativo
de
formulación
de
cargos
en
el
nuevo
domicilio
del
sujeto
obligado
ubicado
en
calle
Cuevas
N°226,
local
8,
Comuna
y
Ciudad
de
Rancagua.
3.
Que,
con
fecha
11
de
abril
de
2013,
se
notificaron
al
representante
legal
del
sujeto
obligado
las
resoluciones
individualizadas
en
los
vistos
de
la
presente
resolución,
de
acuerdo
a
lo
dispuesto
en
el
artículo
44
del
Código
de
Procedimiento
Civil,
en
relación
con
el
numeral
2,
del
22 de
la
Ley
N°19.913.
4.
Que, con
fecha
24
de
abril
de
2013,
y
encontrándose
dentro
del
plazo
establecido
en
la
ley,
el
sujeto
obligado
OHiggins
S.A.D.P.
presentó
un
escrito
de
descargos,
en
el
que
no
contraviene
ninguno
de
los
hechos
que
sirvieron
de
base
para
la
fundamentación, indicando
además
un
conjunto
de
medidas
para
dar
cumplimiento,
en
lo
sucesivo,
a
las
obligaciones
establecidas
en
la
Ley
N°19.913
y
en
la
Circular
N°49,
de
2012,
dictada por
este
Servicio,
razón
por
la
cual
debe
tenerse
por
acreditado
el
hecho
en
que
se
funda
el
cargo
formulado
en
referencia.
Asimismo,
señala
que,
con
fecha
24
de
abril
de
2013,
dio
cumplimiento
al
envío
del
Registro
de
Operaciones
en
Efectivo
(ROE),
correspondiente
al
segundo
semestre
del
mismo
año.
5.
Que,
en
su
escrito
de
descargos
el
sujeto
obligado
acompañó
los
siguientes
documentos:
a.
Declaración
Negativa
de
Operaciones
en
Efectivo,
correspondiente
al
segundo
semestre
del
año
2012,
de
fecha 24
de
abril
de
2013.
b.
Declaración
Negativa
de
Operaciones
en
Efectivo,
correspondiente
al
primer
semestre
del
año
2012,
de
fecha
24
de
abril
de
2013.
c.
Declaración
Negativa
de
Operaciones
en
Efectivo,
correspondiente
al
primer
semestre
del
año
2011,
de
fecha
24
de
abril
de
2013.

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