Resolución núm. 992 EXENTA, publicada el 24 de Mayo de 2012. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.351 EXENTA, DE 2005, Y APRUEBA NUEVO SISTEMA DE TRATAMIENTO DE RECLAMOS Y SUGERENCIAS QUE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469220994

Resolución núm. 992 EXENTA, publicada el 24 de Mayo de 2012. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.351 EXENTA, DE 2005, Y APRUEBA NUEVO SISTEMA DE TRATAMIENTO DE RECLAMOS Y SUGERENCIAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.351 EXENTA, DE 2005, Y APRUEBA NUEVO SISTEMA DE TRATAMIENTO DE RECLAMOS Y SUGERENCIAS QUE INDICA

Núm. 992 exenta.- Santiago, 24 de abril de 2012.- Vistos: La ley Nº 18.059; la ley Nº 19.880; el artículo 3º de la ley Nº 18.696; el decreto con fuerza de ley Nº 343, de 1953, del Ministerio de Hacienda; el decreto con fuerza de ley Nº 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda; el decreto ley Nº 557, de 1974; el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la resolución exenta Nº 331, de 2005, que aprobó los Contratos de Uso de Vías de la Ciudad de Santiago para la prestación de Servicios Urbanos de Transporte Público Remunerado de Pasajeros Mediante Buses, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; las modificaciones a los citados Contratos de Concesión, y las resoluciones que aprueban dichas modificaciones, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución Nº 166, de 2009, que aprueba el Contrato de Concesión de Uso de Vías de la Unidad de Negocio Troncal Nº 3; la resolución Nº 4, de 2009, que aprueba el Contrato de Concesión de Uso de Vías de la Unidad de Negocio Alimentador Nº 5; la resolución exenta Nº 2.351, de 2005, que aprobó el Sistema de Reclamos y Sugerencias que indica, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el oficio Nº 200, de 15 de enero de 2008, de Subsecretaría de Transportes, dirigido a Jefe de Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias; el oficio ordinario Nº 1.255, de 18 de marzo de 2009, de Subsecretaría de Transportes dirigido a los Representantes Legales de las Concesionarias Uso de Vías Transantiago; las resoluciones exentas Nos 2.981, 2.982, 2.985, 2.986 y 3.053, de 2011, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establecen los perímetros de exclusión que en ellas se indican, y las resoluciones exentas posteriores que prorrogan su vigencia; las resoluciones Nos 246, 258 y 259, de 2011, y resoluciones Nos 1 y 2, de 2012, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueban el término de los Contratos de Concesión de Uso de Vías que indican y, además, aprueban los Contratos Ad-Referéndum de Concesión de Uso de Vías suscritos por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones con las Unidades de Negocio que señalan; y la demás normativa aplicable.

Considerando:

  1. Que, el artículo 3.6.5 de las Bases de Licitación Transantiago 2003 dispuso que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (en adelante el Ministerio), establecería un Sistema de Reclamos y Sugerencias de los Usuarios, conforme al cual deberían atenderse los requerimientos que planteen los usuarios de los servicios concesionados, el que debía ser aprobado por acto administrativo completamente tramitado y comunicado a cada uno de los concesionarios mediante carta certificada. Dicho procedimiento fue establecido y aprobado mediante la resolución exenta Nº 2.351, de 2005, del Ministerio, publicada en el Diario Oficial el 2 de noviembre de 2005.

  2. Que, el Sistema de Reclamos y Sugerencias de los Usuarios establecido en la precitada resolución exenta Nº 2.351, de 2005, en la actualidad rige únicamente respecto de la Unidad de Negocio Alimentadora Nº 1 y Alimentador Nº 8, operadas por Red Bus Urbano S.A., que presta servicios bajo perímetro de exclusión en la zona C y zona B, de conformidad a las resoluciones mencionadas en los Vistos y, respecto de la Unidad de Negocio Alimentador Nº 2 y Alimentador Nº 4, operadas por Sociedad de Transportes de Personas Santiago S.A., que...

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