Renueva vigencia de la ley N° 19.583, con el objeto de establecer un nuevo plazo para regularizar la construcción de bienes raíces urbanos sin recepción definitiva. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914503638

Renueva vigencia de la ley N° 19.583, con el objeto de establecer un nuevo plazo para regularizar la construcción de bienes raíces urbanos sin recepción definitiva.

Fecha12 Septiembre 2006
Número de Iniciativa4513-14
Fecha de registro12 Septiembre 2006
EtapaArchivado
Autor de la iniciativaBecker Alvear, Germán, Delmastro Naso, Roberto, Galilea Carrillo, Pablo, García García, René Manuel, Herrera Silva, Amelia, Isasi Barbieri, Marta, Vargas Lyng, Alfonso
MateriaBIENES RAICES, REGULARIZACIÓN DE LA CONSTRUCCION
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 19




RENUEVA VIGENCIA DE LA LEY Nº 19.583, CON EL OBJETO DE ESTABLECER UN NUEVO PLAZO PARA REGULARIZAR CONSTRUCCION DE BIENES URBANOS SIN RECEPCION DEFINITIVA

BOLETÍN N°4513-14


CONSIDERANDO:


1.- Que, el año 1996 se presentó en esta Honorable Cámara de Diputados una moción que dio origen a la Ley Nº 19.583, ley que regulariza la construcción de bienes raíces urbanos sin recepción definitiva, la que desde su entrada en vigencia ha permitido que un importante número de personas haya podido obtener la recepción final de sus viviendas o incorporar sus pequeñas empresas a la normativa legal. Igualmente, en virtud de la misma disposición, las organizaciones comunitarias sin fines de lucro han podido regularizar la situación de sus inmuebles.


2.- Que, esta ley fue publicada en el Diario Oficial el 14 de septiembre de 1998, y el plazo para acogerse a dicho beneficio se fijó en 18 meses, contados desde el día de su publicación.


3.- Que, los años 1999 y 2001, el Ejecutivo, mediante Mensajes, ingresa a tramitación a la Cámara de Diputados dos proyectos de ley con similares fundamentos, los que dan origen a las leyes Nºs. 19.667 y 19.727, las cuales extendieron los plazos hasta el 31 de marzo de 2001 y el 31 de marzo de 2002, respectivamente.


4.- Que, estas leyes permitieron a un gran número de personas, especialmente a los dueños de viviendas sociales y a organizaciones comunitarias y microempresas que habían realizado ampliaciones, a regularizar su situación.


5.- Que, por una parte, el plazo dado por las leyes resultó insuficiente para que todos los eventuales beneficiarios pudieran hacer uso de este derecho; como también que, posteriormente, numerosas familias han realizado ampliaciones a sus viviendas, como es el caso de pobladores de la I Región, quienes después del terremoto han debido realizar diversas mejoras a sus casas, y dado a que el plazo para postular a los beneficios establecidos en la normativa legal se...

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