Renueva vigencia de la ley N° 19.713, que establece como medida de administración el límite máximo de captura por armador a las principales pesquerías industriales nacionales y la regularización del registro pesquero artesanal.
Fecha | 12 Noviembre 2002 |
Fecha de registro | 12 Noviembre 2002 |
Número de Iniciativa | 3126-21 |
Etapa | Archivado |
Materia | PESCA ARTESANAL |
Autor de la iniciativa | Espinoza Sandoval, Fidel, Muñoz Aburto, Pedro, Navarro Brain, Alejandro, Paredes Fierro, Iván, Rossi Ciocca, Fulvio, Sánchez Grunert, Leopoldo, Venegas Rubio, Samuel |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Cámara de Diputados |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
BOLETIN N° 3126-21
RENUEVA LA VIGENCIA DE LA LEY N° 19.713, QUE ESTABLECE COMO MEDIDA DE ADMINISTRACION EL LIMITE MÁXIMO DE CAPTURA POR ARMADOR A LAS PRINCIPALES PESQUERIAS INDUSTRIALES NACIONALES Y LA REGULARIZACION DEL REGISTRO PESQUERO ARTESANAL.
1. Que con fecha 11 de junio pasado, el Ejecutivo ha presentado en el Senado de la República, un proyecto de ley destinado a modificar la Ley General de Pesca y Acuicultura, en lo relativo a principios de conservación, medidas de administración, planes de manejo, desconcentración funcional, límite máximo de captura por armador, pesca artesanal e institucionalidad pesquera.
2. Que ese proyecto modifica sustantivamente el régimen pesquero chileno, tanto en su vertiente industrial como artesanal, lo que requiere una revisión profunda y con perspectiva de largo plazo, que garanticen la estabilidad de las disposiciones que surjan de la discusión parlamentaria.
3. Que en ese proceso de discusión deben evaluarse iniciativas que tiendan a promover que los regímenes de administración pesquera cumplan con estándares adecuados de conservación de las pesquerías y que éstas, a su vez, garanticen un aporte sustantivo al desarrollo económico y social del país y, particularmente, de sus comunidades costeras. Elfo requiere poner al día la Ley General de Pesca y Acuicultura en las necesidades de investigación pesquera y del rol de las entidades especializadas en la satisfacción de esas necesidades.
4. Que igualmente, se hace perentorio considerar con suficientes antecedentes las posibilidades de desarrollo pesquero que presenta el sector artesanal; para ello, deben evaluarse diferentes alternativas de organización productiva que, junto con estimular su competitividad en los mercados externos, constituyan un sustrato importante para el aporte de alimentos a la población chilena. En este capítulo de cuestiones, un proceso de reforma del régimen pesquero chileno, como el que se propone el proyecto enviado por el Ejecutivo, debe hacerse en compañía de las organizaciones de los pescadores artesanales, a fin de promover su solidaridad con las decisiones que se adopten.
5. Que confabula contra esas tareas el...
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