Renta – Actual Ley Sobre Impuesto a la – Art. 41° – Ley N° 19.420, Art. 1°, Art. 2°, Art. 3° – D.F.L. N° 641, de 1977 – Circulares N°s 50, de 1995, 64, de 1996 y 46 de 2000. - Doctrina Administrativa - VLEX 524796906

Renta – Actual Ley Sobre Impuesto a la – Art. 41° – Ley N° 19.420, Art. 1°, Art. 2°, Art. 3° – D.F.L. N° 641, de 1977 – Circulares N°s 50, de 1995, 64, de 1996 y 46 de 2000.

Fecha de Resolución13 de Enero de 2006

RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 41° – LEY N° 19.420, ART. 1°, ART. 2° Y ART. 3° – D.F.L. N° 641, DE 1977 – CIRCULARES N°S 50, DE 1995, 64, DE 1996 Y 46 DE 2000. (ORD. N° 136, DE 13.01.2006)

Improcedencia del Derecho al Crédito establecido en la Ley N° 19.420, de 1995, en el caso que se indica.

  1. - Por presentación indicada en antecedente, se expresa que esa Dirección Regional en programa de fiscalización denominado “Créditos por Inversiones Ley Arica”, notificó al contribuyente XXXXXX S.A., quien registra en declaraciones de renta de los años tributarios 1997 a 2005, la rebaja al impuesto de renta de Primera Categoría por concepto de crédito conforme a las normas de la Ley N° 19.420, de 1995 por inversión realizada en la Provincia de Arica.

    Se agrega, que la Sociedad XXXXXX S.A., se constituyó con fecha xx.xx.199x, el objeto de la sociedad es entre otros la adquisición, enajenación, explotación, construcción de bienes inmuebles. La rebaja que el contribuyente deduce se refiere al 20% de la inversión declarada al Servicio en su Declaración de Impuesto a la Renta del año tributario 1997, por la construcción de la obra “TTTTTT” en la ciudad de Arica.

    Se señala más adelante, que la construcción del inmueble por el cual se hace efectiva la rebaja del crédito, se encuentra estipulada en Contrato de Construcción en la modalidad de “obra vendida a suma alzada” entre XXXXXX S.A. y YYYYYY S.A. por la construcción de un supermercado que la propietaria destinó para ser arrendado a la “ZZZZZZ Limitada”, según Contrato de Arrendamiento de fecha xx.xx.199x. En este Contrato de Arrendamiento se deja constancia que XXXXXX S.A. adquirió el inmueble según escritura pública de fecha xx.xx.199x a la ZZZZZZ Limitada y que el inmueble objeto de este contrato sería remodelado en conformidad a los planos de arquitectura y especificaciones técnicas elaborados de acuerdo a los requerimientos e instrucciones precisas de ZZZZZZ Limitada quién ha celebrado dentro de un plazo de sesenta días contados desde el xx.xx.199x un Contrato de Construcción e Instalaciones con “YYYYYY S.A.” a fin de complementar y adecuar el inmueble arrendado al uso y destino cual es, el de funcionamiento de un Supermercado, de un local de bodega o distribuidora al por mayor de bienes y productos comercializados por supermercados.

    Más adelante se expresa, que el artículo 1° de la Ley N° 19.420, dice que determinados contribuyentes tendrán derecho a un crédito tributario por las inversiones que efectúen en las provincias de Arica y Parinacota destinadas a la producción de bienes o prestación de servicios en esas provincias. En su inciso 3° estipula que el crédito será equivalente al 30% (anteriormente 20%) del valor de los bienes físicos del activo inmovilizado que correspondan a construcciones, maquinarias y equipos, incluyendo los inmuebles destinados preferentemente a su explotación comercial con fines turísticos, directamente vinculados con la producción de bienes o prestación de servicios del giro o actividad del contribuyente... Asimismo, el inciso final del artículo 1° dice que, “Igual porcentaje” (40%) “se aplicará a las inversiones efectuadas en la provincia de Arica en inmuebles destinados preferentemente a su explotación comercial con fines turísticos, calificadas como de alto interés por el Director del Servicio Nacional de Turismo”.

    En relación con lo antes expuesto, solicita se tenga a bien resolver, conforme a las facultades contenidas en el artículo 6°, Letra A N° 2 del Código Tributario, si es procedente la aceptación del referido crédito utilizado por el contribuyente XXXXXX S.A.

  2. - Sobre el particular, cabe señalar en primer lugar que los artículos , y de la Ley N° 19.420, de 1995, y sus modificaciones posteriores, establecen lo siguiente:

    “ARTICULO 1.- Los contribuyentes que declaren el impuesto de Primera Categoría de la Ley de Impuesto a la Renta sobre renta efectiva determinada según...

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