Declaración de Impacto Ambiental. Regularización Del Sistema De Tratamiento De Los Residuos Líquidos En Suelo Agrícola - Evaluación de Impacto Ambiental - Normativa - VLEX 928966935

Declaración de Impacto Ambiental. Regularización Del Sistema De Tratamiento De Los Residuos Líquidos En Suelo Agrícola

En representación deJuan Pablo Urcelay Orueta
Monto0,9000 Millones de Dólares
Fecha de registro30 Enero 2020
Fecha30 Enero 2020
EtapaDesistido
Titular del proyectoUrcelay Hermanos S.A
Documento - bf/b6/284bcba0f581793c10c9f1fca8104c1a249b

Declaración de Impacto Ambiental
"Regularización del Sistema de Tratamiento de los Residuos Líquidos en Suelo Agrícola"
Soc. Agrícola Comercial e Industrial Urcelay Hnos Ltda.
Rep. Legal: Juan Pablo Urcelay Orueta
Fecha de Ingreso al sistema electrónico: 29 de enero de 2020
Fecha de Presentación de la Declaración:
  • Antecedentes Generales del proyecto

    • Nombre del Proyecto
      Regularización del Sistema de Tratamiento de los Residuos Líquidos en Suelo Agrícola
    • Región
      Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
    • Comunas
      Olivar
    • Tipología de Proyecto:
      o.7) Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales líquidos.
    • Tipologías secundarias
      • .)

    • Descripción

      La Bodega de propiedad de Urcelay Hermanos S. A., se encuentra emplazada en la Comuna de Olivar, sector Olivar Bajo, Provincia de Cachapoal, VI Región del Libertador Bernardo O’Higgins. procesa anualmente 49 millones de litros de vino aproximadamente; el periodo de vendimia comienza en la quincena de Febrero hasta fines de Junio de cada año, recibiendo uva todos los días.

      La Bodega, cuenta con Informe Sanitario a través de Resolución Exenta Nº 1409870 de fecha 04 de Marzo del año 2017, emitida por la Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins, se adjunta copia en Anexo N°3.

      La bodega genera residuos líquidos, cuyo caudal máximo corresponde a 750 m3/día, en periodo de vendimia y 400 m3/día fuera del periodo de recepción de Uva, la Bodega se compone fundamentalmente de áreas bien definidas, entre las cuales se cuenta Recepción de Uva; Proceso de Vinificación y Guarda (almacenamiento de mostos y vinos) y Despacho a Granel.

      En la actualidad el sistema de tratamiento de los residuos líquidos, se encuentra con Resolución de Calificación Ambiental N° 218, de fecha 22 de Septiembre del año 2009, emitido por la extinta COREMA y Resolución Programa de Monitoreo N° 4582, del 22 de Diciembre del 2009, las cuales se adjuntan en Anexo N°4.

      El sistema de tratamiento de RILes propuesto, trata un volumen total de 750 m3/día en periodo de vendimia (febrero a mayo) y 400 m3/día fuera de vendimia (junio a enero). Los principales componentes del sistema se listan a continuación:

      · Tranque de Acumulación Aireado (capacidad 20.000.000 litros)

      · Canchas de secado de Lodos (capacidad 1.200 m2)

      · Cámara elevación - Separación de sólidos – Impulsión a Planta Tratamiento de Residuos Líquidos.

      Inicialmente se compone de cámara de hormigón de aproximadamente 40 m3 de capacidad.

      · Ecualización

      El agua residual que viene desde bodega descarga en estanque de hormigón de aproximadamente 220 m3 de capacidad construido en hormigón y revestido con lámina de HDPE de 1 mm de espesor.

      · Impulsión a tratamiento físico – químico

      Desde el interior del galpón el agua residual es extraída hacia la siguiente etapa por dos bombas centrífugas marca Reggio Modelo SN 40 160 A 45 m3/h@3 mca, las cuales en forma alternada trasladan hacia etapa físico – química.

      · Tratamiento Físico-químico

      Consiste de un sistema de alta eficiencia de separación de sólidos, aceites y grasas, y un porcentaje de DBO de alrededor de un 45% denominado; Flotación por Aire Disuelto (DAF)

      · Tratamiento biológico:

      Corresponde fundamentalmente al abatimiento de la DBO mediante procesos biológicos.

      · Sedimentación secundaria:

      A continuación viene etapa de sedimentación la cual se efectúa en estanque construido en excavación corte y relleno revestido con Geotextil y HDPE de 1 mm de espesor con una capacidad aproximada de 400 m3.

      · Disposición final:

      El agua tratada cae por gravedad a estanque acumulador de 3500 m3 de capacidad construido en excavación corte y relleno revestido con capa de hormigón proyectado sobre la cual se instaló Geotextil y HDPE de 1 mm de espesor. Desde este estanque el agua se dispone en campo 34 ha de parrones a través de riego tecnificado por goteo.

      El proyecto busca regularizar el destino final de los RILes tratados, eliminando su descarga a Canal El Olivar, según lo señalado en la RCA N° 218 de fecha 22 de Septiembre del 2009 y su Resolución Programa de Monitoreo N° 4582, del 22 de Diciembre del 2009, en su lugar aplicar los RILes en suelos cumpliendo lo establecido en la Norma Chilena Oficial 1333. Of78. Modificada en 1987, Requisitos de Calidad del agua para diferentes usos; y a la Guía de Evaluación Ambiental Aplicación de Efluentes al Suelo del Servicio Agrícola y Ganadero del año 2010.

      Los RILes tratados serán dispuestos en 34 hectáreas de Viñedos de propiedad de la empresa, para ello se utilizará la infraestructura existente, ya que está implementado un sistema de riego por goteo que emplea agua de canal para satisfacer la demanda hídrica de las especies vegetativas.


    • Objetivo

      Implementar un Sistema de Tratamiento, para los Riles generados en el proceso productivo de la empresa, con la finalidad de obtener una calidad del efluente óptima para ser aplicados en suelos mediante riego por goteo en 34 hectáreas de Viñedos, de propiedad de la Empresa, dando cumplimiento lo establecido en la norma Chilena Oficial 1333. Of78. Modificada en 1987, Requisitos de Calidad del agua para diferentes usos; y a la Guía de Evaluación Ambiental Aplicación de Efluentes al Suelo del Servicio Agrícola y Ganadero del año 2010.


    • Fecha estimada de inicio de ejecución
      3/8/2020
    • Monto de Inversión. Expresado en U.S. Dólares
      900000
    • Vida Útil
      Bajo condiciones óptimas de operación y mantención la vida útil del proyecto se evalúa en 20 años, es importante destacar que para extender dicho tiempo se efectuarán mejoras estructurales y tecnológicas, necesarias para optimizar su funcionamiento dando cumplimiento a la normativa ambiental aplicable.
    • Mano de Obra por Fase del Proyecto
      Fase Mano de Obra Promedio Mano de Obra Máxima
      Construcción 5 7
      Operación 2 3
      Cierre o abandono 1 1

    • Descripción cronológica de sus fases
      • Cronograma de Actividades
    • Superficie
      Tipo de superficie Superficie Unidad
      predial 34 has

    • Localización

      9.1.1. Localización Geográfica y Político Administrativa

      La Bodega de Vinos y El Sistema de Tratamiento y Disposición de los Residuos Líquidos, esta localizada en Huerto Begoña s/n, El Olivar, Provincia Cachapoal, VI Región Del Libertador Bernardo O’Higgins. Para acceder al proyecto debe utilizarse la ruta H40, y su dirección es Huerto Begoña s/n, El Olivar, Rancagua, como se muestra en la siguiente ilustración.

      El presente proyecto, se implementará al interior del predio de la Empresa Urcelay Hermanos S. A.; cuyo Rol de Avalúo Fiscal N°29-26 y Nº32-2, que según lo establecido en Plan Regulador vigente de la comuna de Olivar está emplazado fuera del límite urbano.

      En Anexo N° 5, se adjunta Certificado de Informaciones Previas emitido por la Ilustre Municipalidad de OLIVAR.

      9.1.2. Representación Cartográfica en Datum WGS84

      Las coordenadas del límite del predio propiedad de Urcelay Hermanos S. A. según Proyección Universal Transversal de Mercator (UTM) se resumen y visualizan en Tabla N° 1-9 y Figura N° 1-9, respectivamente. La zona georreferenciada involucra toda la superficie del proyecto, es decir área de disposición de los riles, área de equipos de tratamiento de riles y tranque de almacenamiento.

      Tabla N° 3-9: Georreferenciación Superficie del Proyecto

      Vértices

      Coordenadas WGS 84 UTM 19 s

      Norte

      Este

      A

      6210448.4

      326014.9

      B

      6210451.7

      326190.9

      C

      6210691.5

      326193.9

      D

      6210682.8

      326438.8

      E

      6209803.2

      326467.9

      F

      6209745.8

      326032.6

      El área de emplazamiento del proyecto no se encuentra regulada por alguna herramienta de planificación territorial por lo cual, cualquier actividad que se realice en este sector queda supeditada al Servicio Agrícola y Ganadero, según Dictamen N° 030457 de la Contraloría General de La República, de fecha 22 de abril de 2016, con Informe Vinculante de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo.


    • Justificación de su localización

      El área donde se emplazarán las obras y acciones físicas de proyecto antes descritas, corresponden a una zona donde en la actualidad está emplazada la Planta de Tratamiento, incluyendo las zonas donde se reutilizarán las aguas tratadas para disponerlas en los Viñedos existentes en el predio La zona de localización del proyecto presenta la siguiente caracterización:

      v NO se encuentra población, recurso, área protegida y/o Monumento Nacional en el entorno del proyecto, Sociedad Agrícola Comercial e Industrial Urcelay hermanos Ltda., se compromete a mantener especial cuidado de informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, de cualquier hallazgo arqueológico, en cuyo caso se actuará según lo disponen los Art. 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los Art. 20 y 23 del Reglamento de Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas y Paleontológicas.

      v NO presenta zonas con valor paisajístico y/o turístico o zonas declaradas de interés turístico nacional, en el área de emplazamiento del proyecto.

      v NO se encuentran evidencias de lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folklore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, en el entorno del proyecto.

      v De acuerdo a la lista de Decretos Supremos que declaran Zonas Latentes y Saturadas a determinados territorios del país, en el área del Proyecto, existe declaración de zona latente o saturada por MP10 según lo establecido en la Ley N° 19.300, sin embargo la planta de tratamiento (equipos) no generan material particulado durante la etapa de operación, sin embargo la etapa de construcción del tranque se generarán emisiones, producto del movimiento de tierra, cuyo Estudio de Emisiones Atmosféricas, se adjunta en Anexo N° 6.v En la zona de emplazamiento del proyecto NO se encuentra recursos o áreas protegidas susceptibles de ser afectados, en la zona de emplazamiento del Proyecto.

      v El suelo es de...

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