Decreto núm. 1602 EXENTO, publicado el 05 de Noviembre de 2013. REGULA Y FIJA LÍMITES MÁXIMOS DE VELOCIDAD EN LOS TRAMOS QUE INDICA DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN RUTA 5 TRAMO SANTIAGO - LOS VILOS' - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 474087958

Decreto núm. 1602 EXENTO, publicado el 05 de Noviembre de 2013. REGULA Y FIJA LÍMITES MÁXIMOS DE VELOCIDAD EN LOS TRAMOS QUE INDICA DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN RUTA 5 TRAMO SANTIAGO - LOS VILOS'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

REGULA Y FIJA LÍMITES MÁXIMOS DE VELOCIDAD EN LOS TRAMOS QUE INDICA DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "CONCESIÓN RUTA 5 TRAMO SANTIAGO - LOS VILOS"

Núm. 1.602 exento.- Santiago, 30 de septiembre de 2013.- Vistos:

- El DFL MOP Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos.

- El decreto supremo MOP Nº 900 de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial su artículo 40º.

- El decreto supremo MOP Nº 956 de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, en particular su artículo 93º.

- El decreto supremo MOP Nº 845, de fecha 14 de octubre de 1996, que adjudica el contrato de concesión para la construcción, conservación y explotación de las obras públicas fiscales comprendidas entre los Km 10,86 y 229,10 de la Ruta 5 Norte, denominadas "Concesión Ruta 5 Tramo Santiago - Los Vilos".

- El decreto MOP (exento) Nº 1.728, de fecha 19 de diciembre de 2002.

- El oficio Nº 1265, de fecha 8 de agosto de 2012, de la Prefectura de Carabineros de Coquimbo.

- El oficio Ord. Nº 925, de fecha 10 de agosto de 2012, del Alcalde de la l. Municipalidad de Los Vilos.

- El memorándum Nº 337, de fecha 17 de octubre de 2012, del Jefe Unidad de Ingeniería de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas.

- El oficio Ord. Nº 269/504, de fecha 4 de diciembre de 2012, del Jefe Departamento de Seguridad Vial de la Dirección de Vialidad.

- El oficio Ord. Nº 580, de fecha 28 de diciembre de 2012, del Inspector Fiscal del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Concesión Ruta 5 Tramo Santiago - Los Vilos".

- La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

- Que el artículo 40º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas establece que el Ministerio de Obras Públicas, en forma privativa y especial será el único organismo que regulará y fijará los límites máximos y mínimos de velocidad en las vías construidas, conservadas o reparadas por el sistema de concesiones de acuerdo a dicho cuerpo legal, y ningún otro organismo será competente para ello.

- Que el Nº 2 del artículo 93º del Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas agrega que, en el caso que las velocidades no hayan sido fijadas en las...

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