Reglamento número 10, de 2019.- Fija la planta de personal de la Municipalidad de Temuco - 21 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875113365

Reglamento número 10, de 2019.- Fija la planta de personal de la Municipalidad de Temuco

Fecha de publicación21 Diciembre 2019
Número de registroCVE-1700385
SecciónNormas Generales
EmisorMUNICIPALIDAD DE TEMUCO
Número de Gaceta42.534
CVE 1700385 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.534 | Sábado 21 de Diciembre de 2019 | Página 1 de 10
Normas Generales
CVE 1700385
MUNICIPALIDAD DE TEMUCO
REGLAMENTO QUE FIJA LA PLANTA DE PERSONAL DE LA
MUNICIPALIDAD DE TEMUCO
Núm. 10.- Temuco, 13 de diciembre de 2019.
Vistos:
1.- Lo dispuesto en los artículos 38, 118, 119, 121 y 122 de la Constitución Política de la
2.- Lo dispuesto en la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y en
especial la facultad conferida en los artículos 49 bis, en concordancia con los artículos 49 ter,
quáter y quinquies.
3.- Lo dispuesto en el decreto ley Nº 3.551, de 1981, del Ministerio de Hacienda, sobre
remuneraciones y personal del sector público.
4.- Lo dispuesto en ley Nº 20.922, de fecha 25 de mayo de 2016.
5.- Lo dispuesto en el DFL Nº 290-19321, publicado con fecha 27 de septiembre de 1994, y
sus modificaciones posteriores, que adecua, modifica y establece la Planta del personal de la
Municipalidad de Temuco.
6.- El artículo 6 de la ley Nº 19.280, del 16 de diciembre de 1993, que dispone que los
alcaldes deberán nombrar sin concurso previo, a los funcionarios a contrata, y personal a
honorarios asimilados a grados que, al 29 de diciembre del año 1989, se desempeñaban en las
respectivas municipalidades; nombrando el municipio de Temuco, dos cargos en la planta de
profesionales, escalafón arquitectos e ingenieros, grados 7º; y un cargo en la planta profesional,
escalafón profesional, grado 8º.
7.- La ley Nº 15.231, del 23 de mayo de 1978, sobre organización y atribuciones de los
Juzgados de Policía Local, modificada por la ley Nº 20.554, del 23 de enero de 2012, que
establece nominaciones de jueces de Policía Local y de Secretarios Abogados, de Juzgados de
Policía Local.
8.- El decreto alcaldicio Nº 3.213, del 19 de mayo de 2014, que crea el cargo directivo,
Director de Control, grado 4º.
9.- El decreto alcaldicio Nº 3.120, del 11 de abril de 2015, que modifica el grado del
Director de Desarrollo Comunitario, del grado 5º al grado 4º.
10.- El decreto alcaldicio Nº 5.888, de fecha 18 de julio de 2016, que modificó a partir del 1
de enero de 2016, los grados del personal de planta de Técnicos, Administrativos y Auxiliares,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo primero transitorio y artículo cuarto transitorio de la
ley Nº 20.922.
11.- El decreto alcaldicio Nº 7, de fecha 3 de enero de 2017, que modificó a partir del 1 de
enero de 2017, los grados del personal de planta de Técnicos, Administrativos y Auxiliares, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo segundo transitorio y artículo cuarto transitorio de la ley Nº
20.922.
12.- El decreto alcaldicio Nº 1.658, de fecha 16 de mayo de 2018, que crea el Comité
Bipartito y que designa a los representantes del sr. alcalde y representantes de los funcionarios,
para integrar dicho comité, en el proceso de elaboración de la respectiva Planta Municipal;
modificado por el decreto alcaldicio Nº 2.752, de fecha 3 de septiembre de 2018, según lo indica
13.- La consulta efectuada a las asociaciones de funcionarios de la Municipalidad de
Temuco, mediante ordinario Nº 842 de fecha 16 de mayo de 2018, y por ordinario Nº 843 de

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