Decreto 395 - REGLAMENTA EL OTORGAMIENTO DEL PREMIO A LA MUSICA CHILENA PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y FIJA LOS CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS DE POSTULACION Y SELECCION - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243623666

Decreto 395 - REGLAMENTA EL OTORGAMIENTO DEL PREMIO A LA MUSICA CHILENA PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y FIJA LOS CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS DE POSTULACION Y SELECCION

EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

REGLAMENTA EL OTORGAMIENTO DEL PREMIO A LA MUSICA CHILENA PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y FIJA LOS CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS DE POSTULACION Y SELECCION

Núm. 395.- Santiago, 12 de julio de 2000.- Considerando:

Que corresponde al Ministerio de Educación, a través de su División de Extensión Cultural, estimular y difundir la creación artística y el incremento del patrimonio cultural de la Nación.

Que el Estado de Chile reconoce como requisito esencial para la preservación de la identidad cultural, el estímulo, la promoción y la difusión de la labor de los autores, compositores, artistas intérpretes y ejecutantes, y recopiladores chilenos, forjadores del patrimonio de la música nacional.

Que la música es una de las expresiones artísticas más relevantes del acervo cultural nacional, tanto por su carácter de consumo masivo como por ser un reflejo espontáneo de la identidad nacional.

Que es voluntad del Gobierno reconocer la labor autoral y artística en el ámbito musical nacional por la vía de crear incentivos para el desarrollo de la música chilena, en cada uno de los géneros musicales, Vistos: Lo dispuesto en la ley 18.956, en la ley 19.651 y en los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,

D e c r e t o:

Apruébase el siguiente Reglamento para el otorgamiento del Premio a la Música Chilena Presidente de la República:

Artículo 1º

Se instituye el Premio a la Música Chilena ''Presidente de la República'', en las menciones de Autor o Compositor, Intérprete, Recopilador o Productor Musical, destinado a reconocer la obra del autor o compositor, y del artista intérprete o ejecutante, recopilador o realizador o productor musical chileno que por su excelencia, creatividad, aporte trascendente al repertorio de la música chilena y por su destacada labor se hagan acreedores a este galardón. Se distinguen en este ámbito tres géneros, el popular, el docto y el de raíz folclórica y de tradición oral. Se establece un premio para cada uno de estos géneros.

Artículo 2º

Cada uno de los tres Premios a la Música Chilena ''Presidente de la República'' comprende los siguientes galardones:

  1. Un diploma que será firmado por el Presidente de la República y suscrito además por el Ministro de Educación, en el que se dejará constancia...

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