Reconsideración Informe Final 814-16 Municipalidad de San Antonio sobre Auditoría Al Gasto en Periodo Electoral - Uso de Bienes - Vehículos - Rrhh - Recursos Físicos y Financieros - Julio 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 691143773

Reconsideración Informe Final 814-16 Municipalidad de San Antonio sobre Auditoría Al Gasto en Periodo Electoral - Uso de Bienes - Vehículos - Rrhh - Recursos Físicos y Financieros - Julio 2017

Fecha de Resolución27 de Julio de 2017
EmisorRegional Valparaíso
ServicioMunicipalidad de San Antonio
Número de informe814/2016
Tipo de informeReconsideración a Informe
NivelRegional
CONTRALÓRÍA GENERALDE LA REPÚBLICA
,
CONTRALORÍA REGIONAL DE VALPARAÍSO
'
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO ,
REF.: N° 58.706/2017'
VRS
SOBRE ISOLICITUD DE IRECONSIDERACIÓN -
AL *INFORME "FINAL:
-
N° 814, DE 201'6, DE
ESTE ORIGEN.
VALPARA(SO,
27.-071 7 0122984.
<
Se ha -dirigido á esta -Contraloría Regional, el
. • Alcalde de la Municipalidad ..cle, San Antonio solicitando subsanar la observación
_contenida en el Inforrrie Final N°614, de 2016, relativa al Pago de la suma de $605.000
a
-
favor de la empresa Producción 'dé Eventos Eanqueteda Gloria Güajárdo, 'por el .
serVicio de coctel para
90 'personas,
ciyo comprobante
de
-
egreso . no contenía la
individualización de las personas que percibieron dicho beneficio (acápite III, numeral -
.2.3 letra a).
-•
:.•
Al respecto, es dable manifestar que esta Sede
Regional, con-fecha 12 de julio de 2017, presentó el reparo ante el Tribunal dé Cuentas,
Rol N°
,
88-2017, en pontra•de las aútoridades y
:
funcionarios involucrados en el pagó de
los gastos objetados en.eloitado numeral 2.3 letra a) del acápite III, del referido Informé
Final N° 814, de 2016.
,
, •
Pues bien,
de acuerdo a lo previsto . en „el
artículo 107 bis de la ley N° 11:636, de Organtación y Atribuciones
-
de la Contraloría
General de la. •República, el reparo constituye la demanda en juicio de cuentas„ y
encontrándase
s
dicho proceso en tramitación
; no corresponde qué esta Sedé Regional
emita 'un loon.úntiamiento sobre 'el asunto planteado, atendido lo establecido en el
.
"inciso tercero del articulo 6° de
.
su ley"
orgánica, que impide a
este Organismo de
.Fiscalización intervenir-en
-
asuntos de naturaleza; litigiosa 'o que estén sometidos al.
conocimiento de los tribunales dé justicia, como acontece en este caso.
Por consiguinte, todas las alegaciones y
,defensas relatiVas, a los ,hechol
-
que
-
originah el aludido juicio de cuentas deberán
impetrarse por los cuéntadántes o por terceros interesados en es sede jurisdiccional
.
(aplica criterio contenido en los dictámenes N's 71.083, de 2013 y 90.704, de 2015, de •
Ila.Contraloría Genéral
i
entre otros).
Saluda atentament
VICTOR HUGO, MERINO 'P'),AS
Ccmtrilor Reelpnal Valpiraisf)
COSITRALORiA illENERALDE CA REPLICA
i
5
j_ SEÑOR
ALCALDE DE ,LA .
MUNICIPALIDAD DE.SAN'ANTONIO
SAN ANTONIO

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR