Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como de la asignación familiar y maternal, y del subsidio familiar - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914502235

Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como de la asignación familiar y maternal, y del subsidio familiar

Fecha21 Junio 2016
Número de Iniciativa10766-05
Fecha de registro21 Junio 2016
EtapaTramitación terminada Ley N° 20.935 (Diario Oficial del 30/06/2016)
MateriaASIGNACION FAMILIAR, ASIGNACION MATERNAL, INGRESO MÍNIMO MENSUAL, SUBSIDIO FAMILIAR
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Mensaje
FORMULA INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY QUE INTRODUCE DIVERSAS MODIFICACIONES A LA LEY N° 17

MENSAJE DE SU EXCELENCIA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE REAJUSTA EL MONTO DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL ASÍ COMO DE LA ASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL Y DEL SUBSIDIO FAMILIAR.


Santiago, 21 de junio de 2016.-






098-364/






A S.E. EL

PRESIDENTE

DE LA H.

CÁMARA DE

DIPUTADOS

Honorable Cámara de Diputados:


Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto reajustar el monto del ingreso mínimo mensual así como de la asignación familiar y maternal y del subsidio familiar a contar del 1 de julio de 2016.



I.FUNDAMENTOS DE LA INICIATIVA
  1. Contexto económico

Durante el año 2015, el escenario externo relevante para la economía chilena empeoró. La actividad mundial se expandió sólo un 3,1%, el registro más bajo desde la recesión del año 2009, y el precio del cobre cayó a niveles no vistos desde la crisis financiera global. En lo que llevamos del año 2016, la actividad económica mundial se ha mantenido débil y el precio de nuestro principal producto de exportación se ha ubicado en niveles bajos. A esto se suman fuentes de incertidumbre externa, tanto por la política monetaria de EE.UU., como por riesgos geopolíticos en varias regiones.



La economía chilena continua transitando por una fase de reacomodo al nuevo entorno externo, lo que, sumado a un deterioro de la productividad desde hace varios años, se ha traducido en tasas de crecimiento acotadas. El primer trimestre del año la economía se expandió un 2,0% y, según el último registro de Consensus Forecasts, durante el 2016, se expandiría en torno a 1,8%. En este contexto, si bien el desempleo se ha mantenido en niveles bajos, se ha observado un deterioro en la creación de empleos, en particular del empleo asalariado, que creció sólo un 0,5% en el trimestre móvil culminado en abril.



El menor ritmo de actividad se ha reflejado en una importante desaceleración de la productividad media de trabajo, la que se expandió sólo 0,1% en los primeros cuatro meses de este año. Por su parte, los salarios reales han crecido sólo un 0,9% en este mismo periodo, en circunstancias que en los primeros cuatro meses de 2014, antes de la última ley de reajuste del ingreso mínimo mensual, lo hacían a una tasa de 2,2%.



Por su parte, la inflación, luego de aumentar producto de la fuerte depreciación del peso en el año 2013, ha venido mostrando una sistemática tendencia a la baja. Así, después de cerrar con una variación anual de 4,4% en el 2015, en los primeros cinco meses del año 2016 el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumula un alza de sólo 1,7%. De acuerdo con los seguros de inflación se espera que la inflación anual en diciembre de 2016 se ubique en 3,6% y que la inflación anual a junio de 2017 alcance un 3,0%.



  1. Propuesta de la Comisión Asesora Salarial


Como resultado de la última negociación por el reajuste del ingreso mínimo mensual, se firmó un protocolo de acuerdo entre el Gobierno y la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) en el cual se convino la creación de una Comisión Asesora Salarial. El objetivo de esta Comisión era emitir un estudio sobre la situación salarial del mercado del trabajo, considerando un diagnóstico así como propuestas para avanzar a que los ingresos del trabajo, en especial de los trabajadores que reciben el salario mínimo, les permitieran superar la situación de pobreza.



Dicha Comisión quedó integrada de manera amplia y representativa de los diversos actores del mundo del trabajo (representantes de la CUT; de los gremios empresariales, tanto de empresas pequeñas como grandes; representantes gubernamentales y expertos), y sesionó durante dieciocho meses. Los resultados fueron entregados en un informe que se presentó en diciembre de 2015.



Como principales conclusiones, la Comisión propuso reducir el porcentaje de asalariados que viven en situación de pobreza a la mitad en un plazo de 10 años. Para lograr dicho propósito, la Comisión reconoció que se requiere de un esfuerzo coordinado del Estado y el sector privado.



Tomando como base el escenario más realista analizado por la Comisión, se asumió que, para cumplir el precitado objetivo, durante los próximos 10 años el salario mínimo y los subsidios monetarios se incrementasen anualmente, en promedio, un 2,2% y 1,4%, real, respectivamente. Lo anterior, debía complementarse con la creación de cinco mil nuevos empleos al año, en promedio, para personas que viven en hogares en situación de pobreza.



Por último, señalar que la Comisión enfatizó que su propuesta debía ser consistente con los incrementos de productividad que tenga la economía en el futuro.



Valorando el aporte que significó esta instancia, asumimos el compromiso de coordinar, en conjunto con los actores que participaron en ella, un mecanismo de seguimiento y evaluación del avance en el cumplimiento del objetivo que la Comisión propuso.



  1. CONSIDERACIONES PARA LA DETERMINACIÓN DEL REAJUSTE DEL INGRESO MÍNIMO


El aumento del ingreso mínimo debe balancear distintas consideraciones. Existe consenso en el país que el ingreso mínimo cumple un importante rol al asegurar un piso salarial, especialmente a los trabajadores con un bajo nivel de escolaridad y capacitación. Este grupo laboral se desenvuelve en un marco de limitadas capacidades de negociación salarial y bajas posibilidades de movilidad en el mercado del trabajo, por lo que necesita este apoyo externo.


Por otro lado, también debe tenerse presente que un aumento del ingreso mínimo muy por encima del crecimiento de la productividad o discrepante con las condiciones macroeconómicas arriesga precarización a través de un menor empleo y potencial informalidad en el mercado de trabajo.


  1. Propuesta de reajuste contenida en la presente iniciativa


Siguiendo los lineamientos de la Comisión Asesora Salarial, la propuesta de reajuste contenida en la presente iniciativa se construye considerando los siguientes supuestos: (1) un incremento real de 1,0% y (2) una inflación proyectada de 3,0%.


La proyección de inflación considerada está en línea con lo que estiman distintos agentes de mercado, así como lo que se desprende de los precios de activos financieros, y es coherente con la meta del Banco Central.



Por su parte, el incremento real de 1,0%, si bien es menor que el valor promedio considerado por la Comisión para los próximos 10 años, es coherente con la situación agregada de la economía, donde hemos constatado una merma tanto de la productividad como de la creación de empleos.



Destacar, por último, que ha sido tradicional que este proyecto de ley emane de un proceso de diálogo con la Central Única de Trabajadores (CUT), en que se busca armonizar un mejoramiento de las condiciones salariales de los trabajadores con menor calificación con la evolución de la economía. Sin embargo, en esta ocasión –lamentablemente- no obstante la disposición de ambas partes, no se logró encontrar un punto de acuerdo.


II.CONTENIDO DE LA PROPUESTA
          1. Incremento del salario mínimo


Considerando lo anteriormente planteado, la propuesta que se somete a vuestra consideración busca equilibrar las exigencias de la realidad económica con el resguardo del poder adquisitivo de los trabajadores y del empleo. En este contexto, propongo incrementar el ingreso mínimo mensual de $250.000 a $260.000, definición consistente con el sello de protección social de mi Gobierno y que garantiza un incremento real de un 1,0%, tomando como base una inflación proyectada del 3,0%.


Dicho porcentaje será aplicable también al ingreso mínimo mensual de los trabajadores menores de 18 y mayores de 65 años y al ingreso mínimo mensual con fines no remuneracionales.


2. Reajuste de la asignación familiar, maternal y subsidio familiar



Siguiendo con el criterio convenido con la CUT el año 2009, la presente iniciativa contempla también el reajuste a la asignación familiar y maternal y del subsidio familiar para las personas de escasos recursos, establecido en el artículo 1° de la ley N° 18.020. Los precitados beneficios y los puntos de corte para acceder a la asignación familiar se incrementan en el mismo porcentaje de variación fijado para el reajuste del ingreso mínimo mensual.


En mérito de lo expuesto, someto a vuestra consideración, el siguiente:



P R O Y E C T O D E L E Y:



Artículo 1°.- Elévase, a contar del 1 de julio de 2016, de $250.000 a $260.000 el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad.

Elévase, a contar del 1 de julio de 2016, de $186.631 a $194.096 el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 65 años de edad y para los trabajadores menores de 18 años de edad.

Elévase, a contar del 1 de julio...

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