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Decreto núm. 42, publicado el 28 de Febrero de 1983. REAJUSTA EL MONTO DE LOS IMPUESTOS EN ACTUACIONES DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

REAJUSTA EL MONTO DE LOS IMPUESTOS EN ACTUACIONES DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION

Núm. 42.- Santiago, 11 de Enero de 1983.- Teniendo presente:

  1. Que en el artículo 9° de la Ley N° 18.091, publicada en el Diario Oficial de 30 de Diciembre de 1981, se establece que los impuestos que gravan las diferentes actuaciones del Servicio de Registro Civil e Identificación señalados en el N° 1 del decreto con fuerza de ley N° 1.282 del año 1975, y los valores adicionales mencionados en los N°s. 3, 4 y 5 del mismo que no estén fijados en porcentajes, podrán reajustados en los N°s. 3, 4 y 5 del mismo que no estén fijados en porcentajes, podrán reajustarse conforme al mecanismo establecido en el precepto legal citado.

  2. Que, de conformidad a la información oficial del Instituto Nacional de Estadísticas, el Indice de Precios al Consumidor, durante el período comprendido entre el 1° de Enero y el 31 de Diciembre de 1982, experimentó una variación de 20,7 por ciento.

  3. Que, de acuerdo a lo establecido en los considerandos anteriores, el Supremo Gobierno está facultado para reajustar prudencialmente el valor de los impuestos de cada una de las actuaciones gravadas del referido Servicio, dentro de la limitación porcentual antes indicada, y

Visto: Lo dispuesto en el N° 8 del decreto N° 1.282, señalado precedentemente,

Decreto:

  1. - Reajústase el monto de los impuestos de las actuaciones del Servicio de Registro civil e Identificación enumeradas en el N° 1, letra A) del decreto N° 1.282, de 1975, del Ministerio de Hacienda, fijándose su nuevo valor en las cantidades que se indican a continuación:

    ACTUACIONES GRAVADAS, SEGUN DECRETO N° 1.282/75, LETRA A

    ------------------------------------------------------------

    Monto Nuevo

    Anterior Monto

    $ $

    ------------------------------------------------------------

  2. - Anotación de inscripción de nacimiento

    y defunciones en libreta de familia

    duplicada 35 40

  3. - Capitulaciones matrimoniales en el

    acto del matrimonio 450 550

  4. - Cédulas de identidad para chilenos 25 30

  5. - Cédulas de identidad para extranjeros 70 85

  6. - Certificado de jurisdicción 160 195

  7. - Certificado de primera filiación 85 105

  8. - Certificado de nacimiento con o sin

    subinscripción 35 40

  9. - Certificado de matrimonio sin

    subinscripción 35 40

  10. ...

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