Decreto 329 - MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN INTERNACIONAL RUTA 5 TRAMO TEMUCO - RÍO BUENO' - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 456561402

Decreto 329 - MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN INTERNACIONAL RUTA 5 TRAMO TEMUCO - RÍO BUENO'

EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor22 de Marzo de 2012

MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "CONCESIÓN INTERNACIONAL RUTA 5 TRAMO TEMUCO - RÍO BUENO"

Núm. 329.- Santiago, 24 de octubre de 2011.- Vistos:

- El DFL MOP N° 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL N° 206, de 1960, Ley de Caminos.

- El decreto supremo MOP N° 900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP N° 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial su artículo 19°.

- El decreto supremo MOP N° 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones, en especial su artículo 69º.

- El decreto supremo MOP N° 758, de fecha 14 de agosto de 1997, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de las obras públicas fiscales comprendidas entre los Km. 718,30 y 890,00 de la Ruta 5 Sur, denominadas "Concesión Internacional Ruta 5 Tramo Temuco - Río Bueno".

- El decreto supremo MOP N° 524, de fecha 30 de junio de 2005, que aprobó el Convenio Complementario N° 3, de fecha 17 de junio de 2005.

- Las cartas Memo IF N° 483/06, de fecha 18 de julio de 2006 y N° 494/06, de fecha 27 de julio de 2006, ambas de la Sociedad Concesionaria.

- Los oficios Ord. N° 65/06, de fecha 20 de abril de 2006 y N° 109/06, de fecha 24 de julio de 2006, ambos del Inspector Fiscal.

- El memorándum N° 540, de fecha 10 de agosto de 2006, del Jefe de la División de Explotación de Obras Concesionadas.

- La resolución DGOP (exenta) N° 3.662, de fecha 30 de octubre de 2006.

- El decreto supremo MOP N° 791, de fecha 30 de octubre de 2007, sin tramitar, que aprobó el Convenio Complementario Nº 4, de fecha 19 de octubre de 2007.

- El oficio Ord. N° 173, de fecha 13 de febrero de 2008, rectificado por oficio Ord. Nº 299, de fecha 3 de abril de 2008, ambos del Director General de Obras Públicas.

- El oficio N° 16.051, de fecha 10 de abril de 2008, de la Contraloría General de la República.

- La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

Considerando:

- Que los artículos 19° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69° de su Reglamento, establecen que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados.

- Que el artículo 69° Nº 4 del Reglamento agrega que el Director General de Obras...

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