Entre proyectos y realidades constitucionales en Chile: gradualidad, inflexión y ruptura. Parte I: estado, ciudadanía y derechos entre 1811-1973 - Núm. 42, Enero 2023 - Revista de Derecho UCSC - Libros y Revistas - VLEX 940619419

Entre proyectos y realidades constitucionales en Chile: gradualidad, inflexión y ruptura. Parte I: estado, ciudadanía y derechos entre 1811-1973

AutorDr. José Antonio González Pizarro
CargoUniversidad Católica del Norte, Antofagasta, Chile
Páginas23-55
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Entre proyectos y realidades
constitucionales en Chile: gradualidad,
inexión y ruptura. Parte I: Estado,
ciudadanía y derechos entre 1811-1973
Between constitutional projects and
realities in Chile: gradualism, inflection and
rupture. Part I: State, citizenship and rights
between 1811-1973
Dr. José Antonio González Pizarro
Universidad Católica del Norte, Antofagasta, Chile.
Correo electrónico: jagonzal@ucn.cl. http://orcid.org/0000-0002-4030-0353.
Recibido el 24/01/2023
Aceptado el 24/05/2023
Publicado el 30/06/2023
http://doi.org/10.21703/issn2735-6337/2023.n42.02
Por leyes clamó Chile, mal hallada
Con régimen incierto en que vacilan
Los derechos más santos; pidió leyes
Al augusto senado; i hoy consagra
La época grata de su nueva vida
Sellándola con voto i juramento
De eterna sumisión. Respira, ¡oh patria!
José Joaquín de Mora1
1 Mora (1888), p. 127.
ISSN digital 2735-6337
Revista de Derecho de la Universidad Católica de la Santísima Concepción
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abstRact: This article examines the itinerary of the
Chilean constitutions that were in force between 1811
and 1973, and those projects that, for various reasons,
were not debated or even less plebiscited by citizens. In
this sense, the typology applied to classify constitutions
promulgated as ideas and projects that remained
unpublished in our political history is important, based
on two criteria: one, taking as a reference the
democratic and republican tradition based on French
and Anglo-Saxon sources, which constituted the
criterion we have called filiation, taken from the
literary theory of Edward Said, where we can analyse
the gradualness and inflection in terms of the
physiognomy of the state, the evolution of rights and
the purpose of citizenship without exclusion; two, the
projects that assume, both in their drafting and in their
moulding, the rupture of the democratic rule of law,
assuming the criterion of affiliation, which is also
Said's, and which allows us to analyse the introduction
of Marxist-Leninist sources or the doctrine of national
security, closer to a corporatist vision, from the rupture
of the aforementioned tradition.
Key woRds: Constitution, projects, ideologies, Chile,
rights, participation.
Resumen: Se examina el itinerario de las
constituciones chilenas que estuvieron vigentes
entre 1811 hasta 1973, y aquello s proyectos que, por
diversas razones, no fueron debatidos ni menos
plebiscitados por la ciudadanía. En tal sentido,
importa la tipología aplicada para encasillar
constituciones promulgas como ideas y proyectos
que quedaron inéditos en nuestra historia política, en
base de dos criterios: uno, tomando como referencia
la tradición democrática y republicana basada en las
fuentes francesas y anglosajonas, que constituyó el
criterio que hemos denominado de filiación, tomado
de la teoría literaria de Edward Said, donde se pueden
analizar la gradualidad e inflexión en cuanto a la
fisonomía del Estado, la evolución de los derechos y la
finalidad de la ciudadanía sin exclusión; dos, los pro-
yectos que asumen, tanto en su redacción como en
su gestación, el rompimiento del estado de derecho
democrático, asumiendo el criterio de la afiliación,
que también es de Said, y que nos permite analizar
desde la ruptura de la tradición señalada, la
introducción de las fuentes marxista-leninista o de la
doctrina de seguridad nacional, más próxima a una
visión corporativista.
PalabRas claves: Constitución, proyectos, ideologías,
Chile, derechos, participación.
I. IntRoduccIón
En el año 2000, el académico norteamericano Paul Kahn sostuvo, en su cruzada por la neutralidad
en el aula y en las investigaciones universitarias, que el papel de la academia era ayudar a entender
“el mundo de signicado que hace posibles las disputas que observa” y, como se trataba del estudio
del derecho, para Kahn, decir, por ejemplo, “que una ley no representa la voluntad del pueblo, (pero)
luego nos tiene que decir cómo hacerla más representativa”.2
En esta perspectiva, el derecho y la interpretación que se le asigne conllevaba, escribía Robert Cover,
un compromiso, pero el signicado jurídico constituía un proceso social y no meramente una inter-
vención del estado y esta correlación con la base social era la que podía destruir también los signi-
cados jurídicos. Todo signicado jurídico constituye también un control social, de ahí, que, dentro de
esta interpretación ocial, se acomoda también su antítesis, la interpretación no ocial, por ejemplo,
la que fundamenta la desobediencia civil.3
2 Kahn (2014), p. 15.
3 Cover (2002).
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Cuando en la actualidad, Chile se encuentra enfrentado ante el dilema de edicar otro pacto social,
después de cuarenta años de la Constitución de 1980, se ha planteado por la ciudadanía un seve-
ro cuestionamiento a sus orígenes en dictadura, la ideología que la ha sustentado, las restricciones
iniciales para el ejercicio de la ciudadanía y el modelamiento del ejercicio de la soberanía sobre el
territorio, en cuanto a los recursos naturales y los mecanismos para sus reformas. Tal síntesis de
planteamientos realizados en abierta disputa al estado de orden surgido de la Constitución, ha su-
puesto la crítica a la interpretación dogmática impuesta-el control social- por las exigencias de una
interpretación no ocial, ni canónica, sino por los contenidos que quiere la ciudadanía en el nuevo
texto. Paradójicamente, todos (as) se han sumado, ante la crisis socio-institucional, por un recambio
donde se acoja la voluntad del pueblo y el resultado de un proceso social mayoritario.
Esto ha signicado revisar nuestro itinerario constitucional. Y reparar que no siempre la Constitución
siguiente, ha signicado un avance en los tópicos que nos interesa. También ha conllevado ver cuánto
de aquello puede ser repuesto, o atisbar si es ya insuciente ante las exigencias, sensibilidades y nue-
vas generaciones acostumbradas a vivir en una democracia que, ahora, se ha vuelto cuestionable por
la herencia que conlleva, de modo explícito o solapado, del periodo anterior a 1990. Detrás de estos
rasgos, se ha desvelado de qué manera ideologías distintas, que apuntan a inclusión/exclusión de
sectores sociales en su ejercicio de la ciudadanía y, por cierto, cómo la gradualidad de los derechos-
civil, político y social, siguiendo a T.S. Marshall, en su Citizenship and Social Class- se vericaron en
suelo chileno.4
Se podrá apreciar de qué manera las demandas por nuevos derechos o reformas a introducir en el sis-
tema político durante la vigencia de la Constitución de 1833, pudieron plantearse, inicialmente, con la
denominada rebelión de las provincias en la década de 1850, para seguidamente incorporar reformas
constitucionales o mediante leyes especiales, lo cual evidenció la distancia entre la elite política y los
sectores sociales mayoritarios.
Fueron experiencias que se tuvieron presente para no repetir frustraciones en el universo ciudada-
no, precisamente por decisiones minoritarias de cúpulas políticas. No obstante, la lección no se tuvo
presente en el conicto fratricida de 1891.
La nueva situación, surgida en el año 2018- el estallido social de octubre- mostró una enfática incon-
formidad, absoluta o relativa, con el modelo político y económico que alcanzó a distintas esferas de
la vida pública, como ser la previsión y la seguridad social, la salud, etc, ahora, tópicos preocupantes
para las generaciones jóvenes. Podría decirse que un nuevo cleavage ha emergido, no tan nítido, que
recogió antiguas fracturas e incorporó las nuevas expectativas ciudadanas, ahora, voceadas por los
movimientos sociales. Y esto equivale al iceberg de lo que se observa, aunque sin mayores formas ni
boceto como hacer la arquitectura del nuevo pacto social. Así, en el plebiscito de entrada del 2020,
vericado el 25 de octubre, se tuvo una participación ciudadana de 7.573.914 electores, que se in-
clinaron por aprobar un nuevo texto constitucional 5.899.683 personas, equivalente a un 78,31%, y
4 Marshall-BottoMore (1998).
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