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Proyecto de ley que prorroga el mandato de los directorios de las Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias debido a la pandemia producida por el Covid-19.

Fecha08 Abril 2020
Número de Iniciativa13420-06
Fecha de registro08 Abril 2020
EtapaTramitación terminada Ley N° 21.239 (Diario Oficial del 23/06/2020)
MateriaCORONAVIRUS, CORONAVIRUS COVID-19, COVID-19
Autor de la iniciativaChahuán Chahuán, Francisco, Ebensperger Orrego, Luz Eliana, Letelier Morel, Juan Pablo
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción

Boletín N° 13.420-06


Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señor Letelier y señora Ebensperger, que prorroga el mandato de los directorios de las Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias debido a la pandemia producida por el Covid-19.



Fundamentos



1. Chile sufre los efectos de la pandemia producida por el COVID19. Al igual que en el resto del mundo, en nuestro país se han debido tomar diversas y drásticas medidas de aislamiento social para evitar un aumento explosivo en la cantidad de contagios.


2. Dichas medidas de confinamiento han tenido consecuencias en distintos aspectos de la vida en sociedad. Uno de ellos ha sido la alteración de los procesos eleccionarios nacionales, luego de la aprobación de la ley N°21.221 que modificó las fechas en que se realizarán el plebiscito por una nueva Constitución, los sufragios municipales, regionales y de convencionales constituyentes.


3. Cabe destacar que en los fundamentos del proyecto de ley boletín N°13.335-07, que se convirtió en ley citada en el párrafo anterior, se señala que dicha reforma constitucional era presentada con el objeto de "reprogramar el itinerario electoral en curso, para fijar un nuevo calendario para la realización de los futuros eventos electorales, en un marco que garantice la salud de todos y todas y la participacion electoral".


4. En coherencia con la reforma constitucional ya mencionada, existiendo las mismos fundamentos de base que animaron esa prórroga de elecciones nacionales, regionales y locales; nos parece necesario legislar para que otros procesos electorales tampoco se realicen próximamente. Esto ocurre con la elección de los integrantes, tanto titulares como suplentes, de las direcciones de las Juntas de Vecinos, Uniones Comunales y todas aquellas organizaciones comunitarias que se encuentran en el registro municipal establecido la letra d) del artículo 20° de Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, y

regulado en el articulo 6° de la Ley N°19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.


5. No sólo la necesidad de resguardar la salud de la población y asegurar la participación ciudadana en los procesos eleccionarios ya mencionados nos motivan a presentar esta iniciativa legal, lo hacemos también porque sabemos de la importancia que cumplen dichas organizaciones en la vida cotidiana de millares de ciudadanos y ciudadanas.


6. Lo anterior es así porque, como se ha estudiado, las Juntas de Vecinos y organizaciones afines cumplen funciones relevantes "animando la vida comunitaria, vale decir, la construcción y sostenimiento de la sociabilidad y la interlocución con las autoridades"1, tareas para lo cual la legislación otorga facultades especiales. Dichas tareas son aún más relevantes en el estado de emergencia en el cual nos encontramos, y por ello también, es necesario legislar para asegurar la continuidad, pese a la coyuntura, de aquellos dirigentes y dirigentas que actualmente las encabezan.


7. Para todo lo anterior, se propone prorrogar el mandato de dichos directivos hasta la primera semana del mes de diciembre del presente año, plazo estipulado considerando los meses que tomará superar la actual emergencia sanitaria, y teniendo en cuenta los tiempos establecidos en la letra k) del artículo 10° de la ley 19.418 sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias, para que las respectivas comisiones electorales puedan llevar a cabo dichos procesos electorales.


8. En suma, la finalidad de este proyecto es incorporar una nueva disposición transitoria en la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, para prorrogar el mandato de los miembros directivos de las organizaciones que se encuentran establecidas en el registro municipal establecido la letra d) del artículo 20° de Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.



Proyecto de Ley


Artículo único.- Incorpórese una nueva disposición transitoria en Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades:


"Artículo 8.- Prorrógase el mandato actualmente vigente hasta el día domingo 6 de diciembre del año 2020 de todas las Juntas de Vecinos, Uniones Comunales y demás organizaciones comunitarias registrados en virtud de lo establecido en la letra d) del artículo 20 de la presente ley.


Se fija el 6 de diciembre como nueva fecha para la elección de los directorios de miembros titulares y suplentes...

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