Proyecto de ley que prohíbe aportes estatales a entidades que persigan fines de lucro en la educación. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914504251

Proyecto de ley que prohíbe aportes estatales a entidades que persigan fines de lucro en la educación.

Fecha10 Agosto 2011
Número de Iniciativa7856-04
Fecha de registro10 Agosto 2011
EtapaArchivado
Autor de la iniciativaBianchi Chelech, Carlos, Cantero Ojeda, Carlos, Escalona Medina, Camilo, Letelier Morel, Juan Pablo, Quintana Leal, Jaime
MateriaAPORTE FISCAL, LUCRO EN LA EDUCACIÓN
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción

Boletín Nº 7.856-04


Proyecto de ley, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señores Letelier, Bianchi, Cantero, Escalona y Quintana, que prohíbe aportes estatales a entidades que persigan fines de lucro en la educación.


  1. Fundamentos.- El presente proyecto de ley responde al actual movimiento estudiantil que ha involucrado transversalmente a toda nuestra sociedad. Es evidente el clamor popular que pretende cambiar nuestro actual sistema educacional. Este proyecto pretende modificar características importantes del mismo. En efecto, nuestro sistema educacional gira desde un espiral netamente de mercado, que presenta a la educación como un bien de consumo y una oportunidad económica para concretar negocios, desconociendo la esencia natural de la educación como un bien público y derecho fundamental que asiste a cada persona. Resulta fundamental realizar un giro en las bases del sistema estableciendo que aquellos establecimientos educacionales que reciben aportes financieros del Estado, no podrán perseguir fines de lucro.


En nuestro sistema jurídico, la obligación del Estado de procurar financiamiento de la educación pública no estuvo ausente en nuestra historia constitucional. En este sentido, el financiamiento a entidades privadas que no persiguen fines de lucro, tuvo un momento de regulación, como queda de manifiesto en las reformas introducidas a la Constitución de 1925 por la ley Nº17.398 publicada en el Diario Oficial el 9 de enero de 1971, que entre sus contenidos dispone que la educación pública es una función primordial del Estado, a través de un sistema democrático y pluralista. Asimismo, garantizaba financiamiento para aquellas universidades estatales y privadas, pluralistas y democráticas, en el entendido que no persiguieran fines de lucro como requisito esencial.



2. Historia legislativa.- El problema del financiamiento de las Universidades da cuenta de su perenne problemática, así, “hasta los años setenta las Universidades eran prácticamente gratuitas. Los estudiantes sólo debían cancelar algunos costos de salud, deportes, cuota de solidaridad u otros de escasa magnitud. A partir de 1975 estos montos empezaron a crecer y, en el caso de la Universidad de Chile, la cuota de solidaridad pasó a llamarse “matrícula diferenciada por tramos”1. Desde 1977 todas las universidades adoptaron el cobro de un único arancel para sus estudiantes, diferenciado por niveles de ingreso familiar. Los tramos variaron desde 3 hasta 22, en el período que va desde 1977 a 1980 en el conjunto de Universidades existentes en esa fecha y todos tenían algún tramo exento de cobro.


Hasta el año 1973, el financiamiento se realizaba por aportes directos provenientes de la ley de presupuesto de cada año más aportes por vías indirectas, mediante leyes especiales. Entre estas leyes especiales estaban 2: a) Ley Nº 11.575: Fondo de Construcciones e Investigaciones universitarias, formado con el 0.5% de todos los impuestos directos e indirectos de origen fiscal y derechos de aduana y exportación; b) Ley Nº 13.964: asignaba las utilidades de un sorteo anual de la Polla Chilena de Beneficencia y del sorteo Lotería Concepción; c) Tasa de despacho aduanero destinada a las universidades de Valparaíso; d) Otras leyes como las 5.563, 6.696, 13.039, 13.682, 14.824, 15.561, 15.676, 16.419 y 16.433, y d) Otros aportes, como las exenciones de impuestos, de derechos de aduana, reducciones en los precios de los servicios básicos, constituían importantes aportes a los gastos de las universidades.


Como contrapartida, las normas del D.F.L. 4 de 1981 buscaron introducir cambios a la forma en la que el Estado venía financiando a las Universidades e inducirlas hacia el autofinanciamiento y la competencia por recursos estatales. El objetivo era producir un ajuste entre las necesidades demandadas de educación superior y la oferta disponible. Como señala Leiva, “el enfoque de la...

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