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Proyecto de ley que modifica la ley N° 19.227, que crea el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, para incorporar el libro electrónico.

Fecha01 Octubre 2019
Número de Iniciativa12959-04
Fecha de registro01 Octubre 2019
EtapaPrimer trámite constitucional (Senado) Segundo informe de comisión de Hacienda
MateriaFONDO NACIONAL DE FOMENTO DEL LIBRO Y LA LECTURA (CHILE), LIBRO ELECTRONICO
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Mensaje
Boletín N° 12 959-04


Proyecto de ley, iniciado en mensaje de S. E. el Presidente de la República, que modifica la ley N° 19.227, que crea el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, para incorporar el libro electrónico.





MENSAJE N° 130-367/


Honorable Senado:


A S.E. EL

PRESIDENTE

DEL H.

SENADO.

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto modificar la ley N° 19.227, que crea el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura y modifica cuerpos legales que señala, con el objeto de incorporar y reconocer el libro electrónico, en dicha regulación.


  1. FUNDAMENTOS DE LA INICIATIVA

El libro es una fuente fundamental de desarrollo social y cultural y, asimismo, en el marco de la industria editorial, es generador de beneficios económicos para los distintos eslabones o agentes que participan de su producción, por lo que requiere de garantías y estímulos para su desarrollo. Es por ello que, a partir de la dictación de la ley N° 19.227, que crea el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, el Estado reconoce en el libro y en la creación literaria instrumentos eficaces e indispensables para posibilitar la creación y transmisión de conocimientos, el desarrollo cultural y de la diversidad



cultural de la Nación y la circulación de la información.

De igual manera, el Estado reconoce a la lectura como un factor de desarrollo esencial para desenvolverse en el mundo actual. En efecto, la lectura constituye un componente básico del capital humano, permite una mayor capacidad de adaptación a las nuevas tecnologías y mejor comprensión del contexto en el que éstas se desempeñan. Adicionalmente, la lectura juega un papel preponderante en el desarrollo económico del país. De este modo, con miras a la evolución digital, es de suma importancia adaptar el concepto de libro contenido en la ley N° 19.227, el cual únicamente contempla los libros impresos, sin considerar los libros electrónicos.

Por otra parte, la inclusión de los libros electrónicos que se propone en el presente proyecto de ley, se encuentra en concordancia con la Política Nacional de Cultura 2017-2022, elaborada en el marco de la creación del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. En ella, se aborda como tema prioritario, por haber sido de los más mencionados en las distintas instancias participativas en las que se fue elaborando la referida política nacional, la "Cultura Digital". En este contexto, la Cultura Digital constituye "un concepto dinámico que refiere al desarrollo de espacios y formas de relación entre las personas y los nuevos medios de creación, producción, circulación y recepción de contenidos.".

En efecto, la tecnología ha traído consigo nuevas formas de producción y distribución literarias, los sitios web en línea ofrecen al lector la posibilidad de comprar y posteriormente descargar libros de forma inmediata, lo cual ha cambiado la relación entre lector y libro.

Esta situación traspasa el nivel comercial. Actualmente, existen sitios que permiten la descarga legal gratuita de libros pertenecientes al dominio público y las bibliotecas tienen la posibilidad de poner a disposición en línea obras completas y/o fragmentos de su

bibliografía, según lo permiten las limitaciones y excepciones al Derecho de Autor y a los Derechos Conexos contemplados en el Título III de la ley N° 17.336, sobre Propiedad Intelectual. A mayor abundamiento, el Estado ha establecido plataformas de préstamo gratuito de libros electrónicos, como la destacada Biblioteca Pública Digital del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y la próxima Biblioteca Digital Escolar del Ministerio de Educación.

Finalmente, debemos considerar las ventajas que han traído consigo los libros electrónicos, lo cual hace aún más pertinente incorporarlos en la legislación especial. Así, es posible identificar, entre otros, los siguientes beneficios de éstos:

a) Acceso universal y portabilidad: Es posible acceder a ellos en cualquier lugar, pueden ser transportados por una serie de mecanismos (unidades ópticas, dispositivos de almacenamiento, computadores, e-readers, correos electrónicos, entre otros) e incluso no tener acceso a internet para su lectura.

b) Disponibilidad inmediata: No hay tiempos de espera ni gastos de envío.

c) Nuevas herramientas y utilidades: Incorporan las ventajas de un archivo electrónico, como, por ejemplo, la búsqueda de texto, links de hipertexto, anotaciones, marcadores, impresión, entre otros.



d) Menores costos de venta, producción y distribución: Ello debido a que no deben imprimirse en serie. Basta con un portal en línea para ponerlos a disposición de los lectores. Existe un ahorro en los costos de producción en comparación a los libros impresos.

e) Variedad de información: Debido a su naturaleza digital, pueden contener texto, elementos gráficos, imágenes estáticas, movimiento y sonido.

f) Formatos versátiles: Al estar contenidos en archivos digitales, pueden constar en diversos tipos de formatos y ser leídos a través de distintos tipos de software que permitan su visualización. Esto deriva en comodidad para el lector, quien puede elegir por el tipo de dispositivo (hardware) y el tipo de formato y programa de lectura que prefiera.

g) Mayor facilidad para la autopublicación: Existe una serie de herramientas disponibles en la red que permiten escribir, editar, desarrollar y dar forma a un texto, además de sitios que permiten la publicación directa de las obras escritas.

h) Bajos costos de mantención: Incluso existiendo la posibilidad de tener que pagar por su almacenamiento digital, el libro electrónico no se deteriora ni necesita de bodegas y condiciones específicas para su mantenimiento.

El libro impreso no desaparecerá, pero es necesario reconocer a su homólogo electrónico, el cual toma cada vez más relevancia dentro de los hábitos de lectura, propiciando de esta forma la coexistencia de formatos y soportes para una diversidad de lectores.


  1. OBJETO DEL PROYECTO

Conforme con lo señalado precedentemente, el presente proyecto de ley tiene por objeto introducir modificaciones a la ley N° 19.227 que crea el Fondo Nacional del Libro y la Lectura, especialmente, reconociendo al libro electrónico o e-book.

  1. CONTENIDO DEL PROYECTO

1) En primer lugar, en lo que a conceptos se refiere, se propone modificar la definición de "libro", contenida en el artículo , letra a), de la ley N° 19.227, incluyéndose dentro de la misma a los libros electrónicos, además de los libros clásicos impresos.

Así, la definición legal del libro, reconocerá la diversidad de formatos, posibilitando el desarrollo del libro en armonía y concordancia con las nuevas tecnologías, adecuándose a las distintas alternativas de soporte o digitalización del libro.

2) Por otra parte, el proyecto incorpora conceptos tales como "soporte electrónico", en línea con las modificaciones propuestas en el Mensaje N° 063-366, mediante el cual nuestro Gobierno da inicio a un proyecto de ley que modifica la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, en materia de documentos electrónicos (boletín N° 11.882-06).

3) Además, en forma adicional a la actualización de la definición de "libro", se efectúan las modificaciones pertinentes para lograr un texto coordinado de la ley N° 19.227, en tanto cada vez que se refiera a libro, se entienda este concepto unitario


que contempla tanto al libro impreso como al libro electrónico. Con este propósito, se proponen las siguientes modificaciones:

a) Se amplía la extensión del artículo 1° de la ley N° 19.227, ahondando en el reconocimiento de la importancia del libro y en el rol estatal de generar políticas, planes, programas, proyectos y acciones dirigidas al fomento y promoción de la lectura y a la creación, edición, producción, distribución y difusión del libro.

b)...

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