Prólogo del traductor - - - Derecho mercantil - Libros y Revistas - VLEX 1025868378

Prólogo del traductor

AutorKarl Heinsheimer
Páginas13-17
13
PRÓLOGO DEL TRADUCTOR
PRÓLOGO DEL TRADUCTOR
El Tra tado del Pr of. Heinsheimer, que presentamos al público de habla espa-
ñola, es una obra redactada sobre los tres primeros libros del Código de Comercio
alemán, y la Ordenanza general de Cambio, que fue publicada en 1924, y cuya
tercera edición, puesta al día, vio la luz en 1930.
La especial posición jurí dica que ofrece el Código de Comercio alemán se
refleja en el Tratado del profesor Heinsheimer, y h ace precisas algunas in dicaciones
previas. Conveniente es recordar que por no pocos autores germánicos se estima
que e l referido Cuerpo legal no es, como el civil, un ver dadero Código, sino sola-
mente, por el contrario, una reunión, en forma de Código, de diversas instituciones
jurídicas y de preceptos di versos que se refieren al comercio. Muchas de aquéllas y
éstos, también de orden mercantil, han quedado fuera de su articulado. Un recuerdo
breve a la formación del Derecho comercial alemán puede explicarnos satisfactoria-
mente su situación actual.
Es a partir del Zollverein que los Estados de la antigua Confederación s ienten
la necesidad de Leyes mercantiles unitarias. En la pr imera Asam blea de los que
formaban aquél, propuso Württemberg la unificación, por lo menos, de los puntos
fundamentales, en orden a la legis lación mer cantil de todos ellos; la proposición
fue reiterada en la segunda Conferencia de 1838, y a ella siguieron tentativas de
diversos Estados particulares, como Württemberg y el Gra n Ducado de Hesse en
1839 y 1842, para lograr en su s eno una legislación común. En 1846 Württemberg
propuso otra vez la unificación, por lo menos, del Derecho cambia rio, y a conse-
cuencia de ello en octubre de 1847 se reunió en Leipzig una Conferencia no solo de
los países del Zollverein, sino de todos los germánicos. Fruto de ésta fue la Ordenan-
za general de Cambio alemana.
En 1848 promulgaron la los poderes de algunos Estados. Al mismo tiempo, en
la Asamblea nacional de Fráncfort del Meno se propuso que la Ordenanza fuese
publicada como Derecho general del Imperio, y así se hizo por Decreto de 26 no-
viembre 1848. Pero como la potestad legislativa radicaba todavía, en aquella fecha,
en los Estados particulares , la Ordenanza no podía ad quirir carácter de Ley más que
a través de las sancione s y promulgaciones que en los países de la Confederación
recibiese. En Prusia fue introducida por la Ley de 15 febrero 1850, en Austria por la
de 25 enero 1850, y en Baviera por la de 25 julio 1850. La unidad total no se realizó
hasta que en 28 noviembre 18 62 fue promulgada por el principado de Schaumburgo-
Lippe.
Las tentativas para llegar a la unidad en materia mercantil habían continuado
mientras tanto; en 1856 y a propuesta de Baviera, fue constituida una comisión que,
reunida e n Núremberg 15 enero 185 7, trabaj ó en los tres pr imeros lib ros del

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR