Introducción - - - Derecho mercantil - Libros y Revistas - VLEX 1025868409

Introducción

AutorKarl Heinsheimer
Páginas23-34
23
DERECHO MERCANTIL
INTRODUCCIÓN
§ 1. Concepto y naturaleza del Derecho comercial
Bibliograf ía. EHRENBEEG, en su Handbuch, I, 3; H ECK, ArchZivPr. 92, 348;
NUSSBA UM, ZH R. 76, 32 5; HIRSCH, D er modern e Handel , Grundri ss der
Sozialökonomik, V, 2.
El Derecho mercantil es el Derecho privado especial de los comerciantes. Su
contenido se extiende, sin embarg o, más allá del significado vulgar de la noción
comercio, ya que bajo los términos «comerciante» e «industri a merc antil», en el
sentido del Código de Comercio, se comprenden con un criterio de amplitud muy
diversos géneros de industrias y empresas.
La particularidad de la vida de los negocios explica que al lado del Derecho
civil general se haya formado un Derecho mercantil especial. El comerciante con-
cluye profesi onalmente y con gran amplitud negocios que tienen una cierta homo-
geneidad, con independencia de su mayor o menor importancia. El fabricante de
guantes compra cueros al almacenista de este artículo y vende guantes al comer-
ciante distribuidor; éstas, y ta mbién las operaciones auxiliares de transporte, banca,
etc., son ejecutadas de un modo similar. El tráfico mercantil es así una especializa-
ción profesional de la actividad de los negocios que supone y crea a un mismo
tiempo una a ptitud particular de quien la lleva a cabo. En ella cada operación es un
miembro que debe unirse a los otros; ysolamente cuando todos los negocios parti-
culares vienen concl uidos en relación los unos con los otros, constituy en e n su
totalidad el tráfico comercial. A dicho tráfico pueden y deben ser aplicables reglas
especiales que aconsejan la pericia en los negocios y la explotación de las empresas.
También, en a lgunos casos, las operaciones mercantiles deben liberarse de ciertas
limitaciones impuestas por el Derecho civil, pues, en ge neral, muchas de aquellas
reglas de carácter formal y rigorista son un obstáculo al desenvolvimiento y a la
satisfacción de las exigencias del tráfico comercial. Por otro lado, la vida de los
negocios mercantiles e industriales, ya sea en general, ya en algunas de sus ramas,
da lugar a una multitud de instituciones, operaciones y figuras jurídicas especiales
que demandan reglas propias, l as cuales solamente pueden hallarse en un Derecho
especial con desar rollo distinto del Derecho civil general.
A esto se añade una segunda consideración: las operaciones individuales con-
cluidas por un mismo comercia nte no permanecen aisladas, sin relación las unas con
las otras, como las que cualquier individuo lleva diariamente a cabo par a las diversas
necesidades de su vida. La actividad merc antil de un c omerciante fo rma un todo
sistemático. Su «ne gocio» se destaca de su propia personalidad como una unidad
autónoma, particular : como una organización de actividad y biene s, de capital y
energía para el trabajo. La «empresa mercantil» debe tener duración, sobrevivir a su

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