Prólogo a la nueva edición - - - Derecho Administrativo - Libros y Revistas - VLEX 976582768

Prólogo a la nueva edición

AutorMassimo Severo Giannini
Cargo del AutorProfesor Ordinario Universidad de Roma «La Sapienza» (Italia)
Páginas17-18
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PRÓLOGO A LA EDICIÓN ESPAÑOLA
PRÓLOGO A LA NUEVA EDICIÓN
Es verdad que, desde hace años, muchos discípulos y el editor Giuffrè me
habían requerido, insistentemente, para que me aprestase a realizar una nueva
edición del «Derecho Administrativo» de 1970. Mis discípulos son, ahora ya, perso-
nas importantes y capaces: empresarios, profesores universitarios, altos magistra-
dos y altos administradores públicos, incluso excelentes hombres políticos, espe-
cialmente en los países de América Latina. Sin embargo, el afecto de todos ellos no
lograba hacerme abdicar de la opinión, que yo daba, de que esta era una obra
referida a 1970. No era ni un curso, ni un manual, obras que están destinadas a estar
siempre actualizadas; era una teoría general del Derecho Administrativo, un punto
de llegada, y en el Prólogo de la edición precedente está descrito como se realizó.
Obsérvese que, en ella, e igualmente en la presente edición, habían y han permane-
cido fuera el dominio público, las obligaciones públicas y los procesos administra-
tivos, áreas todas ellas sobre las que la doctrina posterior a 1970 ha trabajado y lo
ha hecho, además, con grandes logros y resultados.
Esta era la situación, cuando, a las peticiones de mis discípulos ya mayores, se
empezaros a añadir las de los jóvenes y las de los jovencísimos, es decir, las de
aquellos que en breve serán también, si no lo son ya, buenos empresarios, profeso-
res, magistrados, administradores, etc. ¿Qué es lo que estaba sucediendo? Decirme
que no había aparecido nada nuevo no era verdad: después de 1970 han salido
muchos cursos, manuales y partes de tratados de teoría general.
Finalmente recibí peticiones mucho más genéricas, pero mucho más sutiles,
cuyo esencia era esta: al ser la obra de 1970 una obra orgánica de teoría general del
Derecho Administrativo, era necesario hacer una revisión para cambiar las estruc-
turas que fuese necesario sustituir o para confirmar las que se considerasen todavía
válidas. Por lo que, en base a estos argumentos, que me parecieron persuasivos, me
he aprestado a la nueva edición.
Téngase en cuenta que el Derecho Administrativo está atravesando una fase
de transición, que se presenta con singularidades; de una parte siguen permanecien-
do las estructuras autoritarias que se expresan en resoluciones administrativas; de
otra, están emergiendo, de forma siempre más imperiosa, las estructuras conven-
cionales. Esta evolución había sido prevista en la obra de 1970 y ya se habían
anticipado algunos marcos teóricos de la misma en el tratamiento, no tanto de los
contratos de carácter público, cuanto en los otros tipos de acuerdos y contratos:
contratos de objeto público, accesivos, sustitutivos, etc. La doctrina posterior ha
tenido en cuenta estas indicaciones y las ha desarrollado. En este momento, el
ámbito de la actuación de la administración que se desarrolla por acuerdos todavía
se está dilatando, por lo que los asuntos más importantes son gestionados ya me-

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