Prólogo - - - Derecho Administrativo - Libros y Revistas - VLEX 976582770

Prólogo

AutorMassimo Severo Giannini
Cargo del AutorProfesor Ordinario Universidad de Roma «La Sapienza» (Italia)
Páginas19-21
19
DERECHO ADMINISTRATIVO
PRÓLOGO
El autor de este libro es un testimonio vivo de nuestro tiempo, todos lo
somos, por poco que se escriba, pero él lo es aun más, porque está más lleno de
contradicciones que los demás.
Quien, en efecto, lo conoce, sabe que hace dos decenios él exponía en público
una idea austera: que el magisterio de los políticos hoy llamado de nivel universi-
tario, según el lenguaje que hemos adoptado de los geómetras, fuese un magisterio
de sabios y no de profesores, que debía encontrar su forma principal en la enseñan-
za oral, dirigiéndose a mentes ya formadas y, por ello, interesadas no en aprender
nociones, sino ideas, métodos e, incluso, vías de análisis y de síntesis aplicadas por
la meditación humana a las distintas disciplinas; y que, dentro de dicho marco, la
palabra escrita debía ser, bien una obra de pensamiento, significativa de una espe-
culación científica, o bien un subsidio, casi un memorizador, y en tal caso aquellas
ofrecidas por el mercado eran casi fungibles entre ellas.
Sin embargo, el autor no se atenía a estos criterios, y en 1.950 publicaba un
libro titulado Lezioni di diritto amministrativo, libro que, incluso, venía indicado como
un primer volumen, al que habría debido seguir un segundo dedicado al derecho
procesal administrativo, según cuanto decían muchos que lo conocían y tal como
afirmaba el querido Antonio Giuffrè. Sin embargo, el volumen no vio nunca la luz,
ya que el autor está entre aquellos que esperan la institucionalización de los tribu-
nales administrativos regionales.
El autor justifica esta primera contradicción, respecto de la idea austera que
profesaba, con una razón científica. Según su punto de vista, la ciencia del derecho
público, ya desde antes de 1940, se había perdido en la selva del formalismo y no
había encontrado quien, como Salvatore Messina, para la ciencia del derecho priva-
do, hubiese advertido que era necesario comenzar una relectura. No existían textos
que hiciesen los problemas transparentes, o mejor dicho, existían textos disociados,
unos con un contenido político y sociológico y otros con un contenido jurídico
dogmático. El autor, dado que venía de una experiencia intensamente vivida, enten-
día que se debían recomponer los aspectos de sociología y de dogmática, de forma
de poder ofrecer a sus estudiantes de Perugia una interpretación menos libresca del
mundo en el que existimos, visto a través de una óptica del derecho público. Sin
embargo, es cierto que, persuadido de haber hecho una mera recomposición con
hilos, se lo hizo saber al lector dando al libro una forma litográfica, como se usa en
relación a las cosas respecto a las cuales no se está seguro.
Este libro tuvo su propia suerte, asunto que aquí no interesa. Se sabe que, no
obstante, el autor volvió a su idea austera en la Facultad de Pisa: sin embargo, se
podría precisar que no todas las facultades tienen estudiantes como aquellos de

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