Proceso de cobro patentes impagas derechos aprovechamiento de aguas - año 2018 - 15 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 876849879

Proceso de cobro patentes impagas derechos aprovechamiento de aguas - año 2018

Fecha de publicación15 Octubre 2021
Número de registroCVE-2020360
SecciónAvisos Destacados
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Número de Gaceta43.078
CVE 2020360 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública IV
SECCIÓN
LICITACIONES, CONCURSOS, CITACIONES Y EXTRAVÍO DE DOCUMENTOS
Núm. 43.078 | Viernes 15 de Octubre de 2021 | Página 1 de 2
Avisos
CVE 2020360
MINISTERIO DE HACIENDA
Tesorería General de la República
PROCESO DE COBRO PATENTES IMPAGAS
DERECHOS APROVECHAMIENTO DE AGUAS - AÑO 2018
Juzgado de Letras de La Ligua, en autos "Tesorería General de la República/Sociedad
Agrícola El Quillay Ltda., y otros", Rol N° C-643-2018, por resolución de 1 de junio de 2018, ha
resuelto A lo principal: Téngase por acompañada nómina de patentes impagas. Despáchese
mandamiento de ejecución y embargo. Al primer otrosí: Como se pide, notifíquese mediante
avisos a los titulares de los derechos de aprovechamiento de aguas; publíquese uno en el Diario
Oficial y cuatro en el diario "El Mercurio" de Valparaíso. Al segundo otrosí: Téngase por
acompañado documentos, en la forma legal. Al tercer otrosí: Téngase presente y por acompañado
documento.
MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN Y EMBARGO
La Ligua, 1 de junio de 2018.
En conformidad a lo previsto en el artículo 129 Bis 14 del Código de Aguas, requiérase de
pago a la Sociedad Agrícola El Quillay Ltda., y otros, todos individualizados en la nómina
acompañada al cuaderno ejecutivo, para que en el acto de su requerimiento paguen a la Tesorería
General de la República o a quien sus derechos legalmente represente, las sumas de dinero
correspondientes a los valores de las patentes de los derechos de agua impagas indicadas en la
nómina precedentemente señalada.
Si los ejecutados al momento de su requerimiento no efectuaren el pago, trábese embargo
sobre la parte de los derechos de aprovechamiento afectos al pago de las patentes adeudadas, a
fin de satisfacer el pago total de lo debido, conforme a lo previsto en el artículo 129 bis 13, inciso
final del Código de Aguas. Se designan depositarios provisionales de los señalados bienes que se
embarguen a los propios ejecutados, bajo sus responsabilidades civiles y penales
correspondientes. Así está ordenado en los autos caratulados "Tesorería General de la República
con Sociedad Agrícola El Quillay Ltda.", Rol N° C-643-2018, de este Tribunal.
Derechos de aprovechamiento de aguas, afectos al pago de patentes por resolución exenta
N° 3.430, del Director General de Aguas, de fecha 29 de diciembre de 2017, publicada en el
Diario Oficial el 15 de enero de 2018

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