Proceso de cobro patentes impagas derechos aprovechamiento de aguas - año 2021 - 16 de Agosto de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 874526975

Proceso de cobro patentes impagas derechos aprovechamiento de aguas - año 2021

Número de registroCVE-1987266
Fecha de publicación16 Agosto 2021
SecciónAvisos Destacados
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Número de Gaceta43.029
CVE 1987266 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública IV
SECCIÓN
LICITACIONES, CONCURSOS, CITACIONES Y EXTRAVÍO DE DOCUMENTOS
Núm. 43.029 | Lunes 16 de Agosto de 2021 | Página 1 de 2
Avisos
CVE 1987266
MINISTERIO DE HACIENDA
Tesorería General de la República
PROCESO DE COBRO PATENTES IMPAGAS
DERECHOS APROVECHAMIENTO DE AGUAS - AÑO 2021
Juzgado de Letras de La Calera, en autos caratulados "Tesorería General de la República
con Reinoso y otros", Rol Nº C-705-2021, por resolución de 28 de mayo de 2021, resolvió: A lo
principal: Por deducida demanda en procedimiento ejecutivo. Téngase por acompañada nómina
de derechos de aprovechamiento de aguas, con patentes impagas. Despáchese mandamiento de
ejecución y embargo, en contra de los ejecutados individualizados en dicha nómina respecto de
los cuales se indican las menciones que obligatoriamente establece el artículo 129 bis, 12, del
Código de Aguas. Al primer otrosí: Como se pide, notifíquese y requiérase de pago a cada uno
de los deudores antes señalados, por aviso en el Diario Oficial y periódico "El Observador" de la
provincia de Quillota, mediante aviso que deberá publicarse el día primero o quince del mes
respectivo. Al segundo otrosí: Ténganse por acompañados, con citación. Al tercer otrosí:
Téngase presente el patrocinio y poder.
MANDAMIENTO
La Calera, 28 de mayo de dos mil 2021.
En conformidad a lo dispuesto en el artículo 129 bis 14 del Código de Aguas, requiérase de
pago a los deudores que se individualizan en las nóminas adjuntas, para que en el acto de su
requerimiento paguen a la Tesorería General de la República, o a quien sus derechos legalmente
representen, las sumas de dinero correspondiente a las patentes de los derechos de aguas impagas
indicadas en las nóminas anteriormente señaladas.
Si al momento del requerimiento los ejecutados no efectuaren el pago, trábese embargo
sobre la parte de los derechos de aprovechamiento afectos al pago de las patentes adeudadas, a
fin de satisfacer el pago de lo debido conforme a lo previsto en el artículo 129 bis 13, inciso final
del Código de Aguas.
Se designa depositario de los señalados bienes que se embarguen a los propios ejecutados,
bajo sus responsabilidades civiles y penales pertinentes.
Así está ordenado por resolución de fecha 28 de mayo de 2021, en los autos caratulados
"Tesorería General de la República c/ Reinoso y otros", en Juicio Ejecutivo, causa C 705-2021,
de este Tribunal.
Nómina de derechos de aprovechamiento de aguas, afectos al pago de patentes por
resolución exenta N° 2.662, de 28 de diciembre de 2020, publicada en el Diario Oficial del
15 de enero de 2021, del Director General de Aguas, con patentes impagas, comunas de
Hijuelas, Nogales y La Calera, año 2021.

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