Proceso de cobro patentes impagas derechos aprovechamiento de aguas - año 2020 - 15 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 857265266

Proceso de cobro patentes impagas derechos aprovechamiento de aguas - año 2020

Fecha de publicación15 Octubre 2020
Número de registroCVE-1823663
SecciónAvisos Destacados
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Número de Gaceta42.780
CVE 1823663 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública IV
SECCIÓN
LICITACIONES, CONCURSOS, CITACIONES Y EXTRAVÍO DE DOCUMENTOS
Núm. 42.780 | Jueves 15 de Octubre de 2020 | Página 1 de 2
Avisos
CVE 1823663
MINISTERIO DE HACIENDA
Tesorería General de la República
PROCESO DE COBRO PATENTES IMPAGAS DERECHOS APROVECHAMIENTO
DE AGUAS - AÑO 2020
El Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Cisnes, en los autos caratulados "Tesorería
Regional de Aysén con Agrícola Antares Limitada y otros"; Rol C-18-2020, mediante resolución
de fecha veintinueve de mayo de dos mil veinte, ha resuelto: "A lo principal y primer otrosí:
Téngase por acompañada la nómina de individualización de deudores morosos, que no han
pagado las patentes de los derechos de aguas superficiales, teniendo por interpuesta demanda
ejecutiva especial de cobro. Despáchese mandamiento de ejecución y embargo, sobre la parte no
utilizada del derecho de los respectivos aprovechamientos. Al segundo otrosí: Conforme lo
dispone el artículo 129 bis 14 del Código de Agua, como se pide, notifíquese el requerimiento a
los deudores de autos, por carta certificada transcrita sin perjuicio de las publicaciones
correspondientes en el Diario Aysén o El Divisadero de la ciudad de Coyhaique, además de
debida en el Diario Oficial de la República. Al tercer otrosí: Téngase por acompañado, los
documentos, con citación. Al cuarto otrosí: Téngase presente el patrocinio y el poder conferido.".
MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN Y EMBARGO
"Se requerirá de pago a don: 1) Walter Richard Gabler Venegas, 2) Agrícola Ganadera
Bestancia Nrío Cisnes Ltda., 3) Fernando Amenábar Morales, 4) Luis Alejandro Hechenleitner
Winkler, 5) Osvaldo Urdagarin Romero (…), 7) Juan Antonio Caroca Astorga, 8) Helmut
Hopperdietzel Flacx, 9) María Angélica Riffo Díaz, 10) Fundación Gabriel y Mary Mustakis, 11)
Inversiones Concoto Ltda., 12) Inmobiliaria Milimoyu S.A., 13) Exploraciones Inversiones y
Asesorías Huturi S.A., 14) Agrícola Antares S.A., para que el plazo legal, paguen a la Tesorería
Regional de Aysén, según nómina que se acompaña respectivamente, más intereses y costas. No
verificado el pago en el acto de la intimación, trábese embargo sobre los bienes de propiedad de
los deudores, por la suma antes señalada, sobre la parte del derecho de aprovechamiento afecto al
pago de las patentes que se adeudan para atender el pago capital, intereses y costas. Desígnese
depositario provisional de los bienes que se embarguen a los propios ejecutados, bajo las
responsabilidades legales pertinentes. Así está ordenado por resolución de este Juzgado de
Letras, Garantía y Familia en los autos ejecutivos civiles Rol Nº C-18-2020, caratulados
"Tesorería Regional de Aysén c/ Gabler Venegas Walter y otros" de fecha 29 de mayo de 2020.
Puerto Cisnes, dos de junio de dos mil veinte. Se rectifica el mandamiento de ejecución y
embargo, en cuando en el número 2) es "Agrícola y Ganadera Estancia Río Cisnes Ltda.; 8)
Helmut Eberhard Hopperdietzel Flack y 14) Agrícola Antares Ltda. Téngase por corregida y
como parte íntegra del mandamiento".

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