Procedimiento concursal de liquidación voluntaria simplificada - Procedimiento concursales especiales - Procedimientos Concursales. 2023 - Libros y Revistas - VLEX 933149199

Procedimiento concursal de liquidación voluntaria simplificada

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Páginas431-439
PROCEDIMIENTOS CONCURSALES 󰜔 PRÁCTICA FORENSE
431
2.- PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE LIQUIDACIÓN
VOLUNTARIA SIMPLIFICADA.
1.- APLICAC IÓN DEL PROCEDIMIENTO. El procedimiento de este
Título se aplicará a Personas Deudoras y a Empresas Deudoras que
califiquen como micro o pequeña empresa de acuerdo con el
artículo segundo de la ley 20.416 y con el artíc ulo 505 bis del
Código del Trabajo. Para efectos de este Título se les denominará
indistintamente como Deudor.
La circunstancia de ser el Deudor una Empresa Deudora que
cumpla con los requisitos del inciso anterior será acreditada a
través de una declaración jurada suscrita por el representante del
Deudor o el Deudor, según corresponda, y acompañando la
información que determinará la Superintendencia por norma de
carácter general.
Los modelos de declaración jurada se regularán por la
Superintendencia en la norma de carácter general señalada en el
inciso anterior y estarán disponibles en sus dependencias y en su
sitio web.
Será aplicable a este procedimiento lo dispuesto en el
Capítulo IV en todo aquello que no sea contrario a las disposiciones
del presente párrafo [Art.273].
2.- ANT ECEDENTES DE LA SOLICITU D. El Deudor que inicie un
Procedimiento Concursal de Liquidación Voluntaria Simplificada
deberá acompañar los siguientes antecedentes y documentos:
1. Nómina de todos los bienes que sean de su dominio, si los
hubiere, con indicación de su avalúo comercial, su estado de
conservación, los gravámenes que les afecten y el lugar donde se
ubican, incluyendo todos aquellos que se encuentren en su poder en
una calidad distinta de la de dueño y aquellos bienes constituidos en
garantía a su favor y la documentación que lo acredite. Asimismo,
deberá indicar su participación en sociedades, comunidades y
comunidades hereditarias.
2. Documentación que acredite el dominio de los bienes
señalados en el numeral anterior, respecto de los cuales exista
registro, si los hubiere. Particularmente, en el caso de los bienes
raíces, el certificado de dominio vigente emitido por el Conservador
de Bienes Raíces respectivo. Asimismo, en el caso de los vehículos
motorizados, el certificado de anotaciones vigentes de vehículos
motorizados emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
3. Nómina de los bienes legalmente excluidos del
Procedimiento Concursal de Liquidación Voluntaria Simplificada.

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