Decreto núm. 385 EXENTO, publicado el 31 de Diciembre de 2010. OTORGA PRÓRROGA DE CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA 'TINGUIRIRICA A' A LA EMPRESA ENERGÍA ANDINA S.A., EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ENERGÍA |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA PRÓRROGA DE CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA "TINGUIRIRICA A" A LA EMPRESA ENERGÍA ANDINA S.A., EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657
Núm. 385 exento.- Santiago, 6 de diciembre de 2010.- Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 20.402, que crea el Ministerio de Energía estableciendo modificaciones al D.L. Nº 2.224, de 1978 y a otros cuerpos legales; en la ley Nº 19.657, sobre Concesiones de Energía Geotérmica; en su Reglamento aprobado mediante decreto supremo Nº 32, de 22 de abril de 2004, y su modificación dispuesta por decreto supremo Nº 224, de 4 de diciembre de 2008, ambos del Ministerio de Minería; en el decreto supremo Nº 52, de fecha 29 de febrero de 2008, del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial con fecha 30 de octubre de 2008; en el decreto supremo Nº 40, de fecha 24 de febrero de 2009, del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial con fecha 26 de marzo de 2009; la solicitud de la empresa Energía Andina S.A. presentada con fecha 29 de abril de 2010; lo establecido en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
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- Que, por decreto supremo Nº 52, de fecha 29 de febrero de 2008, del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial con fecha 30 de octubre de 2008, se adjudicó y otorgó a la Empresa Antofagasta Minerals S.A. la concesión de exploración de energía geotérmica sobre el área denominada "Tinguiririca A", ubicada en la comuna de San Fernando, provincia de Colchagua, Sexta Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, sobre una superficie de 50.400 hás. cuyas coordenadas UTM son las siguientes:
Vértice Norte Este
V1 6.158.000 357.000
V2 6.158.000 378.000
V3 6.134.000 378.000
V4 6.134.000 357.000
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- Que, mediante decreto supremo Nº 40, de fecha 24 de febrero de 2009, del Ministerio de Minería y publicado en el Diario Oficial con fecha 26 de marzo de 2009, se modificó el referido decreto supremo Nº 52 que otorgó la concesión individualizada en el considerando precedente, en el sentido de transferir la concesión de exploración de energía geotérmica denominada "Tinguiririca A" a la empresa Energía Andina S.A.
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- Que en virtud de lo establecido en el artículo 36, inciso 2º de la ley Nº 19.657, el concesionario de exploración, puede solicitar, hasta antes de los últimos seis meses del período de dos años de...
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