Resolución núm. 2161 EXENTA, publicada el 16 de Agosto de 2011. APRUEBA POLÍTICA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA SUBSECRETARÍA DE PESCA Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 1.483, DE 2009 - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469599086

Resolución núm. 2161 EXENTA, publicada el 16 de Agosto de 2011. APRUEBA POLÍTICA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA SUBSECRETARÍA DE PESCA Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 1.483, DE 2009

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

APRUEBA POLÍTICA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA SUBSECRETARÍA DE PESCA Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 1.483, DE 2009

Núm. 2.161 exenta.- Valparaíso, 12 de agosto de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en la Constitución Política de la República; las facultades que me confiere el DFL Nº 5, de 1983 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; ley Nº 20.285 sobre Acceso a la Información Pública; ley 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; Instructivo Presidencial Nº 002 de fecha 20 de abril de 2011; la Política de Participación Ciudadana en el marco de la Corresponsabilidad; la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República; la resolución Nº 1.483, de fecha 24 de abril de 2009, de esta Subsecretaría de Pesca.

Considerando:

Que, la ley Nº 20.285 Sobre Acceso a la Información Pública señala en su artículo tercero que "La función pública se ejerce con transparencia, de modo que permita y promueva el conocimiento de los procedimientos, contenidos y decisiones que se adopten en el ejercicio de ella".

Que, la ley Nº 20.500, sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública, introdujo modificaciones en la ley Nº 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado, incorporando en ella un título IV denominado "De la participación ciudadana en la gestión pública".

Que, a través de la introducción de dichas modificaciones, emanaron nuevas obligaciones para los órganos de la Administración del Estado, tendientes a reconocer a las personas el derecho a participar en las políticas, planes, programas y acciones del Estado.

Que, a través del Instructivo Presidencial Nº 002 de 2011, la administración gubernamental ha definido como eje fundamental de su gestión la implementación de una política en materia de participación ciudadana que considera como base fundamental la activa presencia de los ciudadanos en los asuntos públicos.

Que, los principales lineamientos gubernamentales, definidos a través de dicho instructivo, consideran como objetivos estratégicos en materia de participación ciudadana los siguientes:

  1. Fortalecer las organizaciones de la sociedad civil, promoviendo una cultura de correspondencia entendida como el compromiso mutuo que se establece entre el Estado y la ciudadanía para perfeccionar en conjunto las políticas y servicios públicos a fin de mejorar la calidad de vida de las personas.

  2. Promover y orientar las acciones de participación ciudadana hacia el mejoramiento de la eficacia, eficiencia y efectividad de las políticas públicas.

  3. Mejorar y fortalecer los canales y espacios de información y opinión de la ciudadanía. Para alcanzar este objetivo, los órganos de la Administración deberán realizar todos los esfuerzos para que la información que entreguen sea de calidad y oportuna, a través de canales adecuados que faciliten el acceso a la ciudadanía.

  4. Promover el control ciudadano de las acciones desarrolladas por todos los organismos públicos. Este objetivo abre el espacio a la fiscalización ciudadana. Es un llamado al compromiso de los actores democráticos para que ejerzan una supervisión permanente del quehacer de los servicios públicos a fin de perfeccionarlos, hacerlos eficientes y cercanos".

Que, conforme lo anterior resulta fundamental fijar una nueva política de participación ciudadana para la Subsecretaría de Pesca.

Que, de acuerdo a lo señalado, se debe dejar sin efecto la resolución Nº 1.483, de fecha 24 de abril de 2009, de esta Subsecretaria de Pesca, que fijaba la Política de Participación Ciudadana aplicable hasta esta fecha.

Resuelvo:

  1. - Apruébase la siguiente Norma sobre Participación Ciudadana en la Subsecretaría de Pesca:

NORMA SOBRE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA SUBSECRETARÍA DE PESCA

 

TÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 3
Artículo 1º

La presente Norma regula las modalidades y formas específicas de Participación Ciudadana en la Subsecretaría de Pesca, dejando sin efecto la anterior normativa sobre la materia, a saber la resolución Nº 1.483 del 23 de abril de 2009.

Artículo 2º

La incorporación de las modalidades y formas específicas de participación ciudadana en la Subsecretaría de Pesca se estructuran sobre el principio de la corresponsabilidad, entendida como el compromiso mutuo que se establece entre el Estado y la ciudadanía para perfeccionar en conjunto las políticas y...

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