Pleno rechaza, en general, 6 de 8 artículos relativos a la libertad de expresión
Cerca de las 22:15 horas, el pleno de la Convención Constitucional terminó de votar, en general, los 30 artículos emanados del informe de la comisión de Sistemas de conocimientos, ciencias y tecnologías, artes, culturas y patrimonios.Dentro de esos incisos había algunos planteamientos sobre la libertad de expresión que inquietaron, por su redacción, a algunos sectores, principalmente a Vamos por Chile, sector que acusó nuevamente que se le excluyó de la redacción de las normas en sus exposiciones.De los artículos relacionados con el derecho a la comunicación -los primeros 8-, solo dos lograron ser aprobados para su discusión en particular, que se dará hoy: el que dice que "el Estado tiene el deber de respetar la libertad de prensa, velar por el pluralismo de los medios de comunicación y por la diversidad de opiniones, siendo esto consustancial a la democracia y su fortalecimiento", prohibiéndose "la censura previa" (artículo 2); y el 8, que dice que "toda persona ofendida o injustamente aludida por un medio de comunicación e información tiene derecho a que su aclaración o rectificación sea difundida gratuitamente por el mismo medio en que hubiese sido emitida", añadiendo que "la ley regulará el ejercicio de este derecho, con pleno respeto a la libertad de expresión". El primero fue aprobado con 113 votos a favor, 19 en contra y 19 abstenciones, mientras que el artículo 8 contó con 132 afirmativas, 11 sufragios en contra y 8 abstenciones.Dentro de los rechazados estuvo el artículo 3°, que buscaba que el Estado fomentara "la existencia de medios de comunicación libres e independientes. Se prohíbe la concentración de la propiedad de los medios de comunicación e información. Corresponderá a la ley regular dicha prohibición. En ningún caso se podrá establecer el monopolio estatal sobre ellos" (101 votos a favor, 26 en contra); y el inciso 6° (88 a favor, 56 en contra), que pretendía que el Estado garantice y fomente "la educación mediática con perspectiva de género, feminista y no sexista".Con 101 votos a favor, 19 en contra y 28 abstenciones, se rechazó el artículo 1°, que establece que: "Toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho a participar en la comunicación, y a acceder, buscar, recibir, producir y difundir información. Asimismo, se reconoce el derecho a fundar y mantener medios de comunicación e información. Los pueblos y naciones tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a todos los medios de comunicación e...
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