Causa nº 4461/2001 (Casación). Resolución nº 3449 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 19 de Marzo de 2002 - Jurisprudencia - VLEX 32094206

Causa nº 4461/2001 (Casación). Resolución nº 3449 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 19 de Marzo de 2002

Fecha de Resolución19 de Marzo de 2002
MovimientoSe rechazan, sin costas, los recursos de casación en la forma y en el fondo
Rol de Ingreso4461/2001
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, diecinueve de marzo de dos mil dos.

Vistos:

En estos autos rol Nº 7.602-00 del Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo, don Segundo P.C. deduce demanda en contra de don J.V.B., propietario y representante del Fundo El Porvenir, a fin que su despido sea declarado injustificado y se condene al demandado a pagarle las prestaciones que señala o las que correspondan según el mérito de autos, más reajustes, intereses y costas.

El demandado, evacuando el traslado, solicitó, con costas, el rechazo de la acción sosteniendo que no despidió al trabajador y que la labor se encuentra a disposición del demandante. En subsidio, solicitó la aplicación del artículo 172 del Código del Trabajo; que no procede el recargo pedido para la indemnización sustitutiva del aviso previo y que pagó la compensación del feriado proporcional.

El tribunal de primera instancia, en sentencia de treinta de septiembre de dos mil, escrita a fojas 63, acogió la demanda en los términos que señala, sin costas.

Se alzó la demandada y la Corte de Apelaciones de San Miguel, en fallo de cinco de octubre de dos mil uno, que se lee a fojas 98, revocó la de primer grado y, en su lugar, rechazó la demanda en todas sus partes, sin costas.

En contra de esta última decisión, el demandante deduce recursos de casación en la forma y en el fondo, por haberse incurrido en vicios e infracc iones de ley que han influido, a su juicio, sustancialmente en lo dispositivo del fallo, a fin que este Tribunal la invalide y determine el estado en que debe quedar la causa o dicte una de reemplazo que acoja la demanda.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Recurso de casación en la forma:

Primero

Que el demandante deduce recurso de casación en la forma en contra de la sentencia ya individualizada, fundado en la 5a. causal del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 170 Nº 4 del mismo texto legal, 445 y 456 del Código del Trabajo; 10 del Código Civil y 358 y 384 del Código de Procedimiento Civil.

Alega que la sentencia atacada no se ha pronunciado sobre la carencia de mérito probatorio de los documentos de prueba aportados al proceso, ya que no se califica debidamente la prueba rendida, omitiéndose señalar las razones jurídicas, técnicas, científicas, simplemente lógicas o de experiencia, en cuya virtud se ha dado valor o desestimado los elementos de convicción agregados a los autos. Indica que se ha dado mérito...

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