Las personas con discapacidad frente al derecho del consumo nacional: construcción dogmática y normativa de la figura del consumidor hiper vulnerable - Núm. 14-1, Enero 2021 - Revista de Estudios Ius Novum - Libros y Revistas - VLEX 897448673

Las personas con discapacidad frente al derecho del consumo nacional: construcción dogmática y normativa de la figura del consumidor hiper vulnerable

AutorPablo Ibacache Puelpan
CargoEgresado de Derecho, Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
Páginas216-264
Revista de Estudios Ius Novum
Vol. XIV N° 1 año 2021
[pp. 216-264]
LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD FRENTE AL DERECHO DEL
CONSUMO NACIONAL: CONSTRUCCIÓN DOGMÁTICA Y NORMATIVA
DE LA FIGURA DEL CONSUMIDOR HIPERVULNERABLE
[Persons with disabilities in national consumer law: dogmatic and normative construction of
the figure of the hypervulnerable consumer]
PABLO IBACACHE PUELPAN
1
RESUMEN
Este trabajo tiene por fin analizar la realidad
de las personas con discapacidad en su
faceta de consumidores dentro del sistema
jurídico chileno, centrándose en la
construcción del denominado consumidor
hipervulnerable. Para ello se realizará un
estudio exhaustivo de las distintas normas
que los amparan, articulando preceptos
tanto nacionales como internacionales.
Dentro de esta misma lógica se hará un
examen de la jurisprudencia en esta materia.
Por último, se indagará en el tratamiento de
la figura en comento en Derecho
Comparado, confrontándolo con la
experiencia chilena.
PALABRAS CLAVES
Consumidores - personas con discapacidad
- hipervulnerabilidad.
1
Egresado de Derecho, Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.
ABSTRACT
The purpose of this paper is to analyze the
reality of persons with disabilities as
consumers within the Chilean legal system,
focusing on the construction of the so-
called hypervulnerable consumer. For this
purpose, an exhaustive study will be made
of the different norms that protect them,
articulating both national and international
precepts. Within this same logic, an
examination will be made of the case law on
this matter. Finally, the treatment of the
figure in question in Comparative Law will
be investigated, comparing it with the
Chilean experience.
KEYWORDS
Consumers - people with disabilities -
hypervulnerability.
Pablo Ibacache Puelpan | Centro de Estudios Ius Novum
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INTRODUCCIÓN
En la actualidad, la cuestión de la discapacidad y los retos que esta supone se encuentran
presentes en la agenda programática de todo estado moderno con pretensiones de alcanzar un
desarrollo integral de todos y cada uno de sus integrantes, y en particular, de los grupos más
vulnerables. El apoyo, reconocimiento e inclusión de las personas en situación de discapacidad
representan, por consiguiente, cometidos de índole mundial.
Lo anterior cobra aún mayor importancia si tenemos en cuenta que alrededor del 15% de la
población mundial vive con algún tipo de discapacidad
2
. En el caso chileno, acorde con el
Segundo Estudio Nacional de la Discapacidad del año 2015 (II ENDISC), el 16,7% de la
población de 2 y más años se encuentra en situación de discapacidad, cifra que corresponde a
cerca de 3 millones de chilenos y chilenas
3
. Las personas con discapacidad constituyen, por tanto,
un sector significativo dentro de la sociedad que, como tal, merece ser tutelado en igual medida
que los demás individuos que la componen.
En este sentido, el avance en el tratamiento jurídico de la discapacidad se presenta como un
desafío trascendental de cara a superar las diversas barreras existentes y alcanzar la plena
inclusión y participación social, política, económica y cultural de este grupo humano. Al respecto,
estimamos que, sumado al papel que cumple el Estado a través de la implementación de políticas
legislativas, la doctrina de los autores y los distintos operadores del sistema jurídico, también
están llamados a ejercer un rol preponderante en la consecución de estos objetivos. El
perfeccionamiento de las reglas, principios e instituciones que conforman el estatuto tutelar de
las personas en situación de discapacidad, depende en buena medida de la labor de las personas
encargadas de la creación, interpretación y aplicación del Derecho.
En un contexto como este, nos parece que uno de los ámbitos en que se desenvuelven día a
día las personas con discapacidad que requiere de mayor desarrollo en el Derecho chileno es el
que dice relación con los actos de consumo. Al efecto, dentro del ordenamiento jurídico nacional
no existe una consagración legal expresa de algo así como un estatuto protector especial del
consumidor con discapacidad. Sobre el particular, no es posible encontrar menciones directas ni
en la Ley N°19.496 que “establece normas sobre protección de los derechos de los
consumidores”, ni en la Ley N°20.422 que “establece normas sobre igualdad de oportunidades
e inclusión social de personas con discapacidad” (ley matriz en lo que respecta a discapacidad en
Chile).
A su turno, si nos remitimos a la literatura jurídica chilena, nos daremos cuenta de que son
muy pocos los autores que se han ocupado de ahondar en temáticas que involucren a
consumidores en situación de discapacidad. Pese a la relevancia que han alcanzado tanto el
consumo como la discapacidad en las sociedades modernas, el estudio conjunto de estas materias
continúa como un nicho casi inexplorado por parte de la doctrina nacional.
Por último, en la esfera jurisprudencial, el número de casos en los que nuestra magistratura
se ha pronunciado acerca de los derechos de las personas con discapacidad cuando estas actúan
como consumidores de bienes y servicios en el mercado ha sido más bien exiguo. Sumado a esta
2
Información disponible en: https://www.who.int/disabilities/world_report/2011/es/.
3
Información disponible en: https://www.senadis.gob.cl/pag/355/1197/ii_estudio_nacional_de_discapacidad.
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situación, los argumentos vertidos por los jueces chilenos en la mayoría de estas sentencias han
sido bastante escuetos y el razonamiento empleado en las mismas, poco innovador.
Ahora bien, si tenemos en cuenta la incidencia del consumo como práctica cotidiana en la
vida de las personas, las desigualdades presentes en la relación de consumo a las que se ven
expuestos los consumidores y la especial condición de vulnerabilidad en que se encuentran las
personas en situación de discapacidad, nos daremos cuenta de que la falta de desarrollo a la que
acabamos de hacer referencia no es un asunto menor.
Las personas con discapacidad conforman uno de los sectores más vulnerables,
desfavorecidos y discriminados de la sociedad, cuestión que se ve acrecentada si localizamos a
este grupo dentro del mercado de las operaciones de consumo. En efecto, las relaciones jurídicas
de consumo entendiendo por tales, las celebradas entre proveedores profesionales de bienes y
servicios y los consumidores de los mismos se sitúan en un plano desigual, en el cual es posible
constatar, entre otras adversidades, asimetrías en el nivel de la información de los bienes y
servicios que se pretenden contratar o un importante desequilibrio en la capacidad o poder para
negociar. Así, si a los contratiempos o disparidades que deben afrontar los consumidores, le
sumamos la vulnerabilidad propia de las personas en situación de discapacidad, obtendremos
como resultado un consumidor particularmente débil o doblemente vulnerable.
En razón de lo manifestado es que, en lo sucesivo, intentaremos identificar y analizar la
realidad del consumidor con discapacidad dentro del ordenamiento jurídico chileno. En este
orden de cosas, los objetivos del presente trabajo consistirán, tanto en visibilizar la vulnerabilidad
de los consumidores en situación de discapacidad, como en advertir la necesidad de elaborar e
implementar medidas protectoras específicas en favor de este colectivo. Para este propósito,
hemos decidido adentrarnos en el estudio del denominado c on su m id o r
h ip e rv u ln e ra b le . Tal y como lo indica el título del escrito, nuestros esfuerzos estarán
puestos en su construcción dogmática y normativa. Al indagar en esta figura, esperamos poder
articular el entramado legal nacional e internacional encargado de tutelar de manera concreta a
las personas en situación de discapacidad junto con el que las auspicia en su calidad de
consumidores de bienes y servicios. En tal sentido, confiamos que, entre más armónico sea el
estudio de estas materias, más cerca estaremos del cumplimiento de los objetivos propuestos.
I. ESTATUTO TUTELAR INTERNACIONAL DE LA DISCAPACIDAD: LA CONVENCIÓN SOBRE
LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
1. Concepto de discapacidad en la Convención
La CDPD no establece de manera expresa una definición de discapacidad. Sin embargo, esta
se puede construir en base a la lectura tanto de su preámbulo, como del primero de sus artículos.
Al efecto, en estas disposiciones se prescribe lo siguiente:
Preámbulo, letra e): “Reconociendo que la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta
de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que
evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”.
Artículo 1°, inciso segundo: “Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan
deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas

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