Permite que solicitud de declaración de bien familiar la realice el cónyuge o la madre en representación del hijo.
Fecha | 22 Marzo 2006 |
Número de Iniciativa | 4120-07 |
Fecha de registro | 22 Marzo 2006 |
Etapa | Archivado |
Autor de la iniciativa | Cubillos Sigall, Marcela, Errázuriz Eguiguren, Maximiano, Kast Rist, José Antonio, Verdugo Soto, Germán |
Materia | DECLARACIÓN PATRIMONIAL |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
PERMITE QUE SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE BIEN FAMILIAR LA REALICE EL CÓNYUGE O LA MADRE EN REPRESENTACIÓN DEL HIJO.
BOLETÍN N° 4120&8209;07
CONSIDERANDO:
1.&8209; Que el inciso segundo del artículo 141 del Código Civil, a propósito del inmueble de propiedad de cualquiera de los cónyuges que sirva de residencia principal de la familia, y los muebles que la guarnecen, podrán ser declarados bienes familiares, señala que "esta declaración se hará por el juez en procedimiento breve y sumario a petición de cualquiera de los cónyuges y con la citación del otro»;
2.&8209; Que puede darse el caso de que el hijo nazca de una convivencia y su madre con ese hijo, vivan en casa del padre del menor;
3.&8209; Que en la situación descrita, el padre podría enajenar la vivienda que sirve de domicilio a su hijo y a la madre de éste, sin que la madre pueda pedir la declaración de bien familiar porque no es el cónyuge, vengo en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO: Sustitúyese el punto final del inciso segundo del artículo 141 del Código Civil, reemplazándose por una coma y agregándose la siguiente expresión:
"o por la madre en representación del menor", quedando el inciso en la siguiente forma:
"Esta declaración se hará por el juez en procedimiento breve sumario, con conocimiento de causa, a petición de cualquiera de, cónyuges y con citación del potro, o por la madre en represente del menor".
Maximiano Errázuriz
Diputado
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