Resolución núm. 440 EXENTA, publicada el 22 de Septiembre de 2014. FIJA NUEVO MONTO MÁXIMO PARA LOS PRÉSTAMOS OTORGADOS POR LAS UNIDADES DE CRÉDITO SOBRE GARANTÍAS PRENDARIAS EN EL RUBRO OBJETOS VARIOS - DIRECCIÓN GENERAL DEL CRÉDITO PRENDARIO - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 531340314

Resolución núm. 440 EXENTA, publicada el 22 de Septiembre de 2014. FIJA NUEVO MONTO MÁXIMO PARA LOS PRÉSTAMOS OTORGADOS POR LAS UNIDADES DE CRÉDITO SOBRE GARANTÍAS PRENDARIAS EN EL RUBRO OBJETOS VARIOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DEL CRÉDITO PRENDARIO
Rango de LeyResolución

FIJA NUEVO MONTO MÁXIMO PARA LOS PRÉSTAMOS OTORGADOS POR LAS UNIDADES DE CRÉDITO SOBRE GARANTÍAS PRENDARIAS EN EL RUBRO OBJETOS VARIOS

Santiago, 15 de septiembre de 2014.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 440 exenta.- Vistos:

  1. Lo dispuesto en artículo 10º letra c) del DFL Nº 16, de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo.

  2. El oficio ordinario Nº 283 de 11.09.2014, del Director General del Crédito Prendario (TP) a la señora Ministra del Trabajo y Previsión Social, que teniendo presente los objetivos institucionales de desarrollo de los sectores económicamente más vulnerables, mediante el otorgamiento de préstamos en dinero con garantía de prenda civil, solicita su autorización para aumentar el monto máximo de los préstamos otorgados por Dicrep a sus usuarios en el rubro de Objetos Varios.

  3. El oficio ordinario Nº 369 de 12/09/2014, de la señora Ministra del Trabajo al señor Director General del Crédito Prendario (TP), otorgando la autorización pertinente para que sea dictada la resolución que corresponde y formalizar así las medidas propuestas.

    Teniendo presente:

    Lo dispuesto en la ley Nº 18.834, de 1989 y el DFL Nº 16 de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo, y la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.

    Resuelvo:

  4. Fíjase a contar del día 22 de septiembre de 2014 como nuevo monto máximo de préstamo en el rubro de Objetos Varios, el valor que a continuación se señala:

    OBJETOS VARIOS............................................ $100.000

  5. Dispónganse los ajustes necesarios al programa OCP para la correcta aplicación de esta medida, siendo responsabilidad del Subdepartamento Informático el cumplimiento de lo dispuesto en este numeral.

  6. Difúndase por parte de los Administradores de las Unidades de Crédito de regiones a través de los medios de prensa escritos...

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