Ordinario Nº 803 de Servicio de Impuestos Internos, 24/04/2024 - Doctrina Administrativa - VLEX 1032787143

Ordinario Nº 803 de Servicio de Impuestos Internos, 24/04/2024

Fecha24 Abril 2024
Número de oficio803
MateriaRenta – Ley sobre Impuesto a la – Art. 14 letra D) N° 3 – Circular N° 62 de 2020
RENTA LEY SOBRE IMPUESTO A LA ART. 14 LETRA D) N° 3 CIRCULAR N° 62
DE 2020
(ORD. N° 803, DE 24.04.2024)
Reconocimiento del ingreso por pago con tarjeta de crédito sin interés en régimen pro pyme.
De acuerdo con su presentación, consulta sobre la oportunidad de reconocer como ingreso, en la
determinación de la base imponible de un contribuyente acogido al régimen pro pyme establecido
en el N° 3 de la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), el pago con
cargo a la tarjeta de crédito en cuotas sin interés
1
por la venta de los productos de su
establecimiento.
Al respecto, conforme la letra (f) del N° 3 de la letra D) del artículo 14 de la LIR, el contribuyente
acogido al régimen pro pyme determinará su base imponible sumando los ingresos del giro
percibidos
2
en el ejercicio y deduciendo los gastos o egresos pagados en el mismo
3
.
En ese sentido, atendido que en el régimen pro pyme la determinación de la base imponible se basa
en flujos de caja
4
, la oportunidad de reconocer como ingreso el pago con cargo a la tarjeta de crédito
con o sin interés por la venta de los productos de su establecimiento, será al momento de percibir,
sucesivamente, cada una de las cuotas
5
por parte del el emisor u operador, porque desde ese
momento ingresa materialmente al patrimonio del contribuyente.
CAROLINA SARAVIA MORALES
DIRECTORA (S)
Oficio N° 803, del 24.04.2024
Subdirección Normativa
Depto. de Impuestos Directos
1
En el anexo del contrato adjunto en la consulta, se establecen dos modalidades de pago en cuotas con cargo a las tarjetas de crédito:
cuotas normales y cuotas sin interés. Respecto a las cuotas normales, señala que es una modalidad inherente a las tarjetas d e crédito, y
serán pagadas por transbank al establecimiento en la misma forma y oportunidad que las operaciones sin cuotas (ventas normales). Por su
parte, la modalidad de cuotas sin interés las operaciones serán pagadas por transbank al establecimiento en abonos mensuales y sucesivos
(de dos hasta doce meses), lo que determina también el número de cuotas en que será cargada la operación al titular.
2
Son ingresos percibidos aquellos que han ingresado materialmente al patrimonio de una persona. También debe entenderse que un
ingreso devengado se percibe desde que la obligación se cumple por alguna de las formas equivalentes al pago contempladas en el
Código Civil, en tanto permita satisfacer al acreedor de la obligación en su de recho o crédito, tales como la dación en pago,
compensación, novación, confusión, transacción, etc. Ver apartado 1.5.1. de la Circular N° 62 de 2020.
3
Salvo en operaciones con entidades relacionadas que estén sujetas al régimen de tributación de la letra A) del mismo artículo, en cuyo
caso la pyme deberá determinar la base imponible y los pagos provisionales computando los ingresos percibidos y devengados y los
gastos pagados o adeudados, según las normas generales. Ver apartado 1.5. de la Circular N° 62 de 2020.
4
Ver apartado 1.4. de la Circular N° 62 de 2020.
5
Correspondiente al número de cuotas en que será cargada la operación al titular de la tarjeta.

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