Ordinario Nº 1809 de Servicio de Impuestos Internos, 2015-07-13 - Doctrina Administrativa - VLEX 896646605

Ordinario Nº 1809 de Servicio de Impuestos Internos, 2015-07-13

Fecha13 Julio 2015
Número de oficio1809
Tipo de documentoRenta
 RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 31°, N°7, ART. 17°, N°9 – DECRETO LEY N° 359, DE 1974, ART. 5° – OFICIO N° 366, DE 2010. (ORD. N° 1809, DE 13.07.2015) FACTIBILIDAD QUE CORPORACIÓN QUE INDICA, CALIFIQUE COMO DONATARIO HÁBIL PARA LOS EFECTOS PREVISTOS EN LAS LEYES VIGENTES, QUE OTORGAN BENEFICIOS TRIBUTARIOS A LOS CONTRIBUYENTES QUE EFECTÚAN DONACIONES. Se ha solicitado un pronunciamiento a este Servicio, respecto a si la Corporación de Derecho Privado que indica, puede calificar como donatario hábil, para los efectos previstos en las normas legales vigentes, que otorgan beneficios tributarios a los contribuyentes que efectúan donaciones.I.- ANTECEDENTES.Indica que XXXX, es una Corporación de Derecho Privado que se constituyó el año 1925, conforme a las normas que al respecto se contienen en el Código Civil. Señala que su objeto es efectuar el rescate de personas que se encuentran en situaciones de emergencia en el mar. Agrega que para estos efectos, cuenta con embarcaciones adquiridas mediante donaciones efectuadas por entidades chilenas y extranjeras o con fondos concursables del Gobierno Regional, y que la institución también realiza acciones de prevención, traslado de heridos y capacitación a sus voluntarios. Sus actividades se financian con las cuotas de sus asociados, el arriendo de un inmueble y eventualmente con la adjudicación de los citados fondos concursables.Señala que hay empresas y personas interesadas en hacer donaciones a esta entidad, pero no existe claridad si existe una Ley que establezca beneficios tributarios a las personas que efectúen dichas donaciones. Específicamente, consulta si en este caso se podría entender aplicable la norma legal que establece beneficios tributarios a las donaciones efectuadas al cuerpo de bomberos. II.- ANÁLISIS.Cabe precisar en primer término, que la recurrente no acompañó copia de los estatutos de la Corporación, por lo que no se ha podido analizar su objeto específico; concluyéndose de los términos de su presentación que se trataría de una Corporación de derecho privado, constituida conforme a las normas del Título XXXIII, del Libro I del Código Civil, que realiza actividades de rescate de personas en el mar. Teniendo en consideración lo anterior, en relación a su presentación se puede señalar lo siguiente:1.- En la actualidad existen una serie de textos legales que establecen beneficios tributarios a los donantes; fijándose en dichos cuerpos legales las condiciones que se deben cumplir para...

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