Ordenanza núm. 67, publicada el 22 de Febrero de 2008. MODIFICA ORDENANZA SOBRE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA |
Rango de Ley | Ordenanza |
MODIFICA ORDENANZA SOBRE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA
Núm. 67.- Providencia, 8 de febrero de 2008.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 3, 5 letra d), 12 y 63 letra i) de la Ley Nº 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y
Considerando:
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- La Ordenanza Nº 4 de 14 de febrero de 2002, que aprobó la "Ordenanza sobre Publicidad y Propaganda en la Comuna de Providencia", cuyo texto refundido y sistematizado fue aprobado por decreto alcaldicio Ex. Nº 888 de 18 de mayo de 2004, modificada por Ordenanza Nº 18 de 20 de abril de 2004 y Ordenanza Nº 31 de 12 de agosto de 2005.
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- El Memorandum Nº 23.651 de 14 de noviembre de 2007, de la Secretario Comunal de Planificación.
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- El Memorandum Nº 1.827 de 23 de enero de 2008, de la Dirección de Control.
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- El Memorandum Nº 2.031 de 25 de enero de 2008, de la Dirección Jurídica.
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- El Acuerdo Nº 780 adoptado en Sesión Ordinaria Nº 128 de 1 de febrero de 2008 del Concejo Municipal,
O r d e n a n z a:
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- Modifícase la Ordenanza Nº 4 de 14 de febrero de 2002, sobre "Publicidad y Propaganda en la Comuna de Providencia", modificada por Ordenanza Nº 18 de 20 de abril de 2004 y Ordenanza Nº 31 de 12 de agosto de 2005, en el siguiente sentido:
1.1.- Sustitúyase el Artículo 2º, por el siguiente:
"Artículo 2º: Se regirá por la presente Ordenanza y requerirá permiso o autorización municipal y estará afecta al pago de derechos, toda publicidad o propaganda que se realice en la vía pública y la que ejecuten las empresas que realicen la actividad económica de publicidad, que puede ser vista u oída desde la vía pública".
1.2.- Sustitúyase el Artículo 4º, por el siguiente:
"Artículo 4º: El otorgamiento de todo permiso estará subordinado a las exigencias del desarrollo armónico de la Comuna, de acuerdo al Plan Regulador, por lo que la publicidad se subordinará a los usos del suelo permitidos, restringidos o prohibidos en cada Zona de Uso".
1.3.- Sustitúyase en el Artículo 6º la frase, "del hacia el espacio público", por la frase "hacia el espacio público".
1.4.- Sustitúyase a continuación del artículo 15, el Subtítulo "Antecedentes para la Aprobación de permisos", por lo siguiente:
"Antecedentes Necesarios para Tramitar un Permiso".
1.5.- Sustitúyase en el artículo 20º el punto 20.2.2.1 por el siguiente:
"20.2.2.1.- Pendones
Descripciones
Son avisos transitorios verticales colgados, de material flexible (género) y estructurados sólo por sus lados menores.
Requisitos:
A.- Localización
Colocados sólo...
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