ORD. N° 882 10 de Marzo de 2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 862851343

ORD. N° 882 10 de Marzo de 2021

Fecha Disposición10 de Marzo de 2021

Departamento Jurídico y Fiscalía

Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales

E5221(249)2020


ORD. N°882

MAT.: Estatuto de Salud. Finiquito.

RORD.: La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse respecto de una materia sobre la que ha incidido finiquito de contrato de trabajo, sin reserva de derechos.

ANT.: 1) Instrucciones de 22.02.2021 del Sr. Jefe del Departamento Jurídico y Fiscal.

2) Correos electrónicos de 05.02.2021, 03.02.2021, 02.02.2021 y 01.02.2021.

3) Informe de fiscalización de 31.07.2020.

4) Ordinario N° 2194 de 27.07.2020 de la Sra. Jefa de la Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.

5) Ordinario N°1603 de 11.05.2020 de la Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.

6) Ordinario N°1223 de 17.03.2020 de la Sra. Jefa de la Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.

7) Presentación de 22.01.2020 de doña Carmen Beatriz Olguín Jáuregui.


SANTIAGO, 10.03.2021

DE: JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

DIRECCIÓN DEL TRABAJO


A: SRA. CARMEN BEATRIZ OLGUÍN JÁUREGUI

AV. SAN PABLO N° 8224, DEPTO. E

LO PRADO

Mediante presentación del antecedente 5) Ud. solicita a esta Dirección, en su calidad de ex funcionaria del Cesfam Gustavo Molina de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Pudahuel, se ordene la reliquidación del monto de la bonificación por incentivo al retiro de la Ley N°20.919 que le pagó su ex empleadora, la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Pudahuel. De los antecedentes aparece que Ud. era funcionaria regida por la Ley N°19.378.

Al respecto, cumplo con informar a Ud. lo siguiente:

En cumplimiento de los principios de contradicción e igualdad de los interesados se solicitó la opinión a la ex entidad empleadora, la que no la remitió, razón por la cual se procedió a efectuar fiscalización a la misma.

Cabe señalar que la Dirección del Trabajo, de acuerdo con su reiterada doctrina contenida, entre otros, en Dictamen N°3747/137, de 16.08.2004, ha señalado que se encuentra impedida legalmente de emitir pronunciamiento sobre una materia en la cual ha incidido un finiquito de contrato de...

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