ORD. Nº 5081/125 9 de Noviembre de 2005. Feriado Básico. Zona extrema Sur. Vigencia.;Feriado Básico. Zona extrema Sur. Feriado Progresivo. Efectos.;Feriado Básico. Zona extrema Sur. Feriado. Proporcional. Efectos.;Dirección del Trabajo. Competencia. Funcionarios Públicos. - Doctrina Administrativa - VLEX 240163098

ORD. Nº 5081/125 9 de Noviembre de 2005. Feriado Básico. Zona extrema Sur. Vigencia.;Feriado Básico. Zona extrema Sur. Feriado Progresivo. Efectos.;Feriado Básico. Zona extrema Sur. Feriado. Proporcional. Efectos.;Dirección del Trabajo. Competencia. Funcionarios Públicos.

Fecha Disposición 9 de Noviembre de 2005
MateriaFeriado Básico. Zona extrema Sur. Vigencia.;Feriado Básico. Zona extrema Sur. Feriado Progresivo. Efectos.;Feriado Básico. Zona extrema Sur. Feriado. Proporcional. Efectos.;Dirección del Trabajo. Competencia. Funcionarios Públicos.

DEPARTAMENTO JURIDICO

SK (1175) 05

ORD.: Nº 5081/125

MAT.: 1) Feriado Básico. Zona extrema Sur. Vigencia.

2) Feriado Básico. Zona extrema Sur. Feriado Progresivo. Efectos.

3) Feriado Básico. Zona extrema Sur. Feriado. Proporcional. Efectos.

4) Dirección del Trabajo. Competencia. Funcionarios Públicos.

RDIC.: Fija sentido y alcance del inciso 2º del artículo 67 del Código del Trabajo, agregado por la ley Nº 20.058.

ANT.: Necesidades del Servicio.

FUENTES: Código del Trabajo, artículo 67, inciso 2º.

Ley Nº 20.058, artículo único, numeral 2)

Código Civil, artículo 6º y 7º.

SANTIAGO, 09.11.2005

DE : DIRECTOR DEL TRABAJO

A : SR. JEFE DEPARTAMENTO INSPECCION

Por necesidades del Servicio se ha estimado necesario fijar el sentido y alcance del nuevo inciso 2º del artículo 67 del Código del Trabajo, incorporado por el artículo único Nº 2 de la ley Nº 20.058, publicada en el Diario Oficial de 26.09.05, que establece un feriado básico de 20 días hábiles para los trabajadores que indica, en relación a las siguientes materias:

1)Situación de los feriados devengados y no ejercidos o acumulados a la fecha de entrada en vigencia de la citada ley.

2)Si el feriado progresivo a que pudieren tener derecho los trabajadores beneficiarios debe adicionarse a los 20 días hábiles de descanso anual de dichos dependientes.

3)Si el feriado proporcional de los trabajadores que sean finiquitados con posterioridad al 26.09.05, fecha de publicación de la ley Nº 20.058, debe calcularse en base a 20 ó 15 días hábiles.

4) Si la nueva normativa sobre feriado beneficia a los trabajadores que no obstante tener la calidad de funcionarios públicos, se rigen por el Código del Trabajo.

Sobre el particular, cúmpleme informar a Ud. lo siguiente:

La ley Nº 20.058, publicada en el Diario Oficial de 26.09.05, en su Artículo Unico, numeral 2, establece:

"Artículo Unico.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código del Trabajo:

"2.- Intercálase en el artículo 67, el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser inciso tercero.

" Los trabajadores que presten servicios en la Duodécima Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, en la Undécima Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y en la Provincia de Palena, tendrán derecho a un feriado anual de veinte días hábiles."

De la disposición legal antes transcrita, incorporada a la norma que regula el feriado básico, aparece que el legislador ha establecido en favor de los trabajadores que laboran o prestan servicios en las localidades allí establecidas, vale decir, en las regiones undécima, duodécima y en la provincia de Palena un feriado especial equivalente a 20 días hábiles.

Como es dable apreciar, la normativa que nos ocupa sólo exige que el trabajador preste servicios en las localidades señaladas, por lo que basta tal circunstancia para que éstos tengan derecho al beneficio que ella regula.

En relación a lo expuesto, es necesario precisar que del inciso 1º del artículo 67 en comento se desprende que el trabajador devenga el derecho a gozar de feriado anual al cumplir un año de servicios para su empleador, beneficio que de acuerdo a lo allí establecido será otorgado en la forma que establece el reglamento y que le da derecho a percibir remuneración íntegra durante el respectivo...

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