ORD. Nº 3256/88 29 de Julio de 2005. Indemnización Legal por Años de Servicios. Descuentos. Procedencia. - Doctrina Administrativa - VLEX 240161634

ORD. Nº 3256/88 29 de Julio de 2005. Indemnización Legal por Años de Servicios. Descuentos. Procedencia.

Fecha Disposición29 de Julio de 2005
MateriaIndemnización Legal por Años de Servicios. Descuentos. Procedencia.

DEPARTAMENTO JURIDICO

K 5343 ( 449 )2005

ORD.: Nº 3256/88

MAT.: Indemnización Legal por Años de Servicios. Descuentos. Procedencia.

RDIC.: No se ajustaría a derecho documento "Mandato de Depósito de Remuneraciones y de Descuentos de Indemnización ", que suscribirían los trabajadores de AFP Provida S.A. , esta empresa y el Banco BBVA, para pago de deudas contraídas por aquellos con este último, por significar renuncia de derechos laborales para los trabajadores, encontrándose vigentes los contratos de trabajo.

ANT.: 1) Presentación de 24.06.2005, de Sr. Gonzalo Pizarro Sironvalle, Gerente Recursos Humanos AFP Provida S.A.

Pase Nº 909, de 19.04.2005, de Director del Trabajo ;

Presentación de 14.04.2005, de Presidenta Sindicato Nacional de Trabajadores Administrativos de AFP Provida S.A.

FUENTES: Código del Trabajo, artículo 5º inciso 2º;

Código Civil, art. 12.

CONCORDANCIAS : Dictámenes Ords. 3902/147, de 22.09.2003 ; 4004/201, de 02.12.2002; y 2232/158, de 19.05.1998.

SANTIAGO, 29.07.2005

DE : DIRECTOR DEL TRABAJO

A : SRA. VERÓNICA CANALES PULGAR

PRESIDENTA SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS A.F.P PROVIDA S.A.

PADRE ALONSO DE OVALLE Nº 724

SANTIAGO .

Mediante presentación del Ant. 3) , solicita un pronunciamiento de esta Dirección acerca de legalidad de documento " Mandato de Depósito de Remuneraciones y de Descuento de Indemnización" , que deben suscribir los trabajadores de la AFP Provida S.A. y ésta, como empleadora, y el Banco BBVA., para el pago de deudas de aquellos a este banco.

Se agrega, que el referido mandato, que faculta a la empleadora para descontar remuneraciones e indemnizaciones de los trabajadores, para prepagar o pagar totalmente deudas con el Banco, es un contrato de adhesión, con carácter obligatorio para el trabajador, y que lesiona la irrenunciabilidad de derechos laborales.

Sobre el particular, cúmpleme informar a Ud. lo siguiente:

El documento aludido, al tenor de la presentación, expresa:

"Por el presente instrumento y considerando mi calidad de deudor del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile, en adelante BBVA, por un crédito por un capital inicial de $&&, otorgo a mi empleador AFP Provida mandato comercial, especial e irrevocable para que mensualmente deposite en la "cuenta corriente" Nº &. /o cuenta vista Nº &..que mantengo en el BBVA, la totalidad de los haberes líquidos que me correspondan por concepto de remuneraciones, gratificaciones y bonos de toda clase y cualquier otro emolumento que me...

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