ORD. Nº 3673/181 4 de Octubre de 2001. Documentación Laboral. Planilla de Cotizaciones. Declaración y Pago Electrónico.
Fecha Disposición | 4 de Octubre de 2001 |
Materia | Documentación Laboral. Planilla de Cotizaciones. Declaración y Pago Electrónico. |
ORD. Nº 3673/181
MAT.:
Documentación Laboral. Planilla de Cotizaciones. Declaración y Pago Electrónico.
RDIC.:
El sistema de declaración y pago electrónico de planillas de cotizaciones de previsión propuesto por PreviRed.com, en la medida que cumpla con los requisitos y condiciones de seguridad y operación indicados en el cuerpo del presente informe, constituye un sistema válido en los términos del inciso 2º del artículo 31 del DFL Nº 2, de 1967, Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo.
ANT.:
1) Memo Nº 94, de 26.09.2001, del Departamento de Fiscalización. 2) Memo Nº 122, de 20.09.2001, del Departamento Jurídico.
3) Presentación de 12.09.2001, de la Empresa PreviRed.com
FUENTES:
DFL Nº 2 , de 1967, Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo, artículo 31, inciso 2º.
SANTIAGO, 04 DE OCTUBRE DEL 2001
DE :
DIRECTORA DEL TRABAJO
A :
SRA ROSITA ACKERMANN O'R.
GERENTE GENERAL
PREVIRED. COM
AV. 11 DE SEPTIEMBRE 1881, OFICINA 2101
SANTIAGO
/
Mediante presentación citada en el antecedente 3) solicita de esta Dirección un pronunciamiento respecto a si el sistema de planillas electrónicas de pago de cotizaciones previsionales propuesto por la recurrente resulta jurídicamente procedente para los efectos de considerar cumplida la exigencia contenida en el inciso 2º del artículo 31 del DFL Nº 2, de 1967, Ley Orgánica de esta Dirección.
Sobre el particular cúmpleme informar a Ud. lo siguiente:
El inciso 2º del artículo 31 del referido texto legal expresa
Toda aquella documentación que deriva de las relaciones de trabajo deberá mantenerse en los establecimientos y faenas en que se desarrollen labores y funciones
.
La norma legal preinserta que obliga al empleador a mantener en los establecimientos y faenas en que se desarrollen labores y funciones toda la documentación derivada de las relaciones de trabajo tiene, en opinión de la suscrita, además del objetivo de proteger a las partes que concurren a dicha relación, a partir de la expresión formal de sus derechos y obligaciones, el facilitar la labor de fiscalización de este Servicio.
Ahora bien, cabe señalar que el desarrollo informático contempla en la actualidad una gran parte de las transacciones comerciales por vía electrónica, incluidas aquellas que se originan en el pago de las cotizaciones de previsión, situación debidamente aprobada y regulada por los organismos supervisores del área social, tales sistemas si bien se ubican en una adecuada línea de modernidad deben también permitir el cabal...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba