ORD. N° 1582/32 9 de Septiembre de 2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 910530800

ORD. N° 1582/32 9 de Septiembre de 2022

Fecha Disposición 9 de Septiembre de 2022

Departamento Jurídico y Fiscalía

Unidad de Pronunciamientos,

Innovación y Estudios Laborales

S/K(1654)2021

DICTAMEN N°: 1582/32

ACTUACIÓN: Fija doctrina.

MATERIA:

Fija sentido y alcance de los artículos 59 inciso segundo y 207 ter del Código del Trabajo, modificado e incorporado, respectivamente, por la Ley N°21.400, publicada en el Diario Oficial con fecha 10.12.2021, que modifica diversos cuerpos legales para regular, en igualdad de condiciones, el matrimonio entre personas del mismo sexo.

ANTECEDENTE:

Necesidades del Servicio.

CONCORDANCIA:

Ord. N°147 de 27.01.2022.

FUENTES:

Código del Trabajo, artículos 59 inciso segundo y 207 ter.

SANTIAGO, 09.09.2022

DE : DIRECTOR DEL TRABAJO

A : JEFE DEPARTAMENTO DE INSPECCIÓN (S)

Por necesidades del Servicio se ha estimado necesario fijar el sentido y alcance de las disposiciones de la Ley N°21.400, publicada en el Diario Oficial de 10.12.2021, que modifica diversos cuerpos legales para regular, en igualdad de condiciones, el matrimonio entre personas del mismo sexo, modificando el texto del inciso segundo del artículo 59 del Código del Trabajo e incorporando el artículo 207 ter, al referido cuerpo legal.

La finalidad perseguida por el legislador con la nueva normativa, que, según aparece de manifiesto en los fundamentos del mensaje de la ex Presidenta Michelle Bachelet Jeria, con que dio inicio la tramitación del proyecto de ley, tiene por objeto constituir un paso más hacia la consecución de la igualdad al interior de las familias, otorgando el mismo nivel de reconocimiento a todos los proyectos familiares, realzando el valor de la autonomía personal y del derecho fundamental de cada ciudadano y ciudadana de este país a decidir cómo vivir su vida, buscando reconocer a la familia en su amplia diversidad, sin discriminaciones, propendiendo a su protección y fortalecimiento.

De manera tal que la nueva normativa modifica el Código Civil y otros cuerpos legales con la finalidad de permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo y regular los derechos y obligaciones que adquieran quienes lo celebren.

Precisado lo anterior, y en relación con las materias cuya interpretación corresponde a este Servicio, cúmpleme informar a Ud. lo siguiente:

NUEVO TEXTO INCISO SEGUNDO ARTÍCULO 59 E INCORPORACIÓN DEL ARTÍCULO 207 TER AL CÓDIGO DEL TRABAJO.

El artículo 59 inciso segundo del Código del Trabajo, en su nuevo texto fijado por el artículo 5° de la Ley N°21.400, dispone:

El cónyuge puede percibir hasta el...

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