Oficio n°3553 de 07.12.2022 - Núm. 116, Febrero 2023 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 924567599

Oficio n°3553 de 07.12.2022

AutorXimena Pérez-Brito C.
CargoDirector Responsable
Páginas226-228
226
MANUAL EJECUTIVO TRIBUTARIO
3. Ocio N°3553 DE 07.12.2022
TEMA: Aplicación del artículo vigésimo segundo transitorio bis de la Ley
N° 21.210.
Se ha consultado a este Servicio sobre la adquisición de inmuebles en el país y en el
extranjero y a su posterior enajenación frente al artículo vigésimo segundo transitorio
bis de la Ley N° 21.210.
I ANTECEDENTES
De acuerdo con su presentación, una sociedad inmobiliaria acogida al régimen de
la letra A) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), conformada por
accionistasconresidenciaenChile,evalúacomprar dospropiedades,unaenUSA
y otra en el país, consultando:
1) Si la empresa puede acogerse al artículo vigésimo segundo transitorio bis de la
Ley N° 21.210 y depreciar instantáneamente el inmueble que será adquirido en
USA. En caso negativo, consulta cuál es el procedimiento para depreciar ese
inmueble.
2) Respecto del inmueble que será adquirido en Chile, consulta cuándo se considera
adquiridoelbien,sidesdelarmadelaescrituraodesdelainscripción.Lamisma
consulta realiza en el caso de la venta del inmueble
3) Si afecta que la sociedad que vende se encuentra acogida al régimen pro pyme,
enparticular,cuándoseconsideraadquiridoelbien,desdelarmadelaescritura
o desde la inscripción.
II ANÁLISIS
Los contribuyentes del impuesto de primera categoría, determinado sobre renta
efectivasegúncontabilidadcompletadebendeterminarlabaseimponiblededicho
impuesto conforme a las normas contenidas en los artículos 29 al 33 de la LIR.
En particular, el artículo 31 de este texto legal regula los gastos necesarios para
producir la renta que pueden rebajarse en la determinación de la base imponible.
Por otra parte, el artículo vigésimo segundo transitorio bis de la Ley N° 21.210 dispone
que los contribuyentes que declaren el impuesto de primera categoría sobre renta
efectivadeterminadasegúncontabilidadcompleta,conformealaLIR,queadquieran
bienes físicos del activo inmovilizado nuevos o importados en el periodo comprendido
entre el 1° de junio de 2020 y el 31 de diciembre de 2022, podrán depreciar dichos
bienes de manera instantánea e íntegra, en el mismo ejercicio comercial en que sean
adquiridos, los que quedarán valorados en un peso.
Esta norma transitoria agrega que, en lo no contemplado en este artículo respecto
de la depreciación de bienes físicos del activo inmovilizado, se aplicarán las reglas
queestableceelnúmero5°delartículo31delaLIR

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