Oficio Circular IF/N° 35 de Superintendencia de Salud, 19-07-2021 - Normativa - VLEX 914253254

Oficio Circular IF/N° 35 de Superintendencia de Salud, 19-07-2021

Año2021
Fecha19 Julio 2021
Número de oficio35
SecciónAseguradoras
EmisorSuperintendencia de Salud (Chile)
S
UPER
I
NT
E
ND
E N C
IA
DE
SALUD
Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud
Subdepartame
nt
o de Regulación
OFICIO
CIRCULAR.:
IF/Nº
35
ANT.:
1.-
Ley
Nº21.360,
que reajusta
el
monto
del
ingr
eso
mínimo
mensual, así como la
asignación famili
ar
y
maternal,
y el subs idio
famili
ar
.
2.-0ficio
C
ir
cu
lar
IF/N°83
de
fecha 24.11. 2020, de esta
Superintendencia.
MAT.:
Establece la forma
en
que
deberán enterarse las
d
if
erencias de cotizaciones
originadas
por
el nu evo
monto
del ingreso
mínimo
mensual e
in
struye
comuni car dicho
procedimiento.
SANTIAGO,
1 9
JUL
2021
DE:
INTENDENTE
DE
FONDOS
Y SEGUROS
PREVISIONALES
DE SALUD
(S)
A:
GERENTES
GENERALES
ISAPRES
Comunico a
ust
edes que con fec
ha
12 de
julio
de
2021,
fue publi cada en el Diario Oficial
la Ley
Nº21.360
que r
ea
ju
sta el
monto
del ingreso
mínimo
mensual, así como la asignación
familiar
y
maternal,
y el subsidio
familiar,
y otorga ayudas
extraordinar
i
as
para las famílias
en
contexto
del COVID
-19
.
La
referida
ley
establ ece expr
esa
men
te
el efecto
retroactivo
del
aumento
del ingreso
mínimo,
a
contar
del 1 de mayo de
2021,
lo que da origen a diferencias de
co
ti
zaciones de
las
remuneracione
s dev engadas en los meses de
mayo
y
junio
de 2021, que fueron
calculadas en base a un
ingr
eso
mínim
o
inf
erior
al que estableció con posterioridad la c
it
ada
ley.
Atendido
que
el nuevo
monto
del
ingr
eso
mínimo
mensual incide en l
as
labores propias de
las i
sa
pr
es, en cuanto a la r
eca
udación de cotizaciones y
en
aquellas relativas a
su
ca
lid
ad
de e
ntidades
pagadoras de subsidios, esta
Intendencia
ha estimado oportuno y necesario
establecer
que
dichas ins
tituci
ones deberán
ajustarse
a los procedimientos detallados en
el Oficio Ordinario N
º23.
735 de
la
Superintendencia de Pensiones, que fue
remitido
mediant
e Oficio Circular
IF/Nº83
de fecha
24
de
noviembre
de 2020, de esta
Superintendencia.

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