Decreto núm. 300, publicado el 18 de Julio de 1998. MODIFICA DECRETO Nº 220, DE 1998, QUE ESTABLECIO LOS OBJETIVOS FUNDAMENTALES Y CONTENIDOS MINIMOS OBLIGATORIOS PARA LA ENSEÑANZA MEDIA Y FIJO LAS NORMAS GENERALES PARA SU APLICACION
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETO Nº 220, DE 1998, QUE ESTABLECIO LOS OBJETIVOS FUNDAMENTALES Y CONTENIDOS MINIMOS OBLIGATORIOS PARA LA ENSEÑANZA MEDIA Y FIJO LAS NORMAS GENERALES PARA SU APLICACION
Núm. 300.- Santiago, 22 de junio de 1998.- Considerando:
Que, con el objeto de dar mayores facilidades a los establecimientos educacionales para la elaboración de sus propios planes y programas de estudio, se ha estimado necesario ampliar los plazos para su presentación ante las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación;
Que, es preciso salvar una omisión en que se incurrió en el Anexo que forma parte del decreto aprobatorio de los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios para la Enseñanza Media y que fijó sus normas generales para su aplicación; y
Visto: Lo dispuesto en los artículos 18, 37, letra ''e'' y 86 de la ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza; 5º de la ley Nº 16.436; 65 de la ley Nº 16.840 y la ley Nº 18.956; el decreto supremo de Educación Nº 220 de 1998 y su respectivo anexo; el informe favorable del Consejo Superior de Educación contenido en su acuerdo Nº 046/98, y las facultades que me conceden los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
D e c r e t o:
Modifícase el decreto supremo Nº220, de 1998, del Ministerio de Educación, en el siguiente sentido:
-
- En el artículo 5º, inciso 1º, sustitúyese la letra a), por la siguiente:
''a) Si se trata de programas de primer año medio, para
aplicar en 1999, éstos deberán ser presentados a
más tardar el 15 de octubre de 1998;''
-
- Agrégase en el anexo que forma parte integrante del
decreto supremo indicado, en el Capítulo IV, ''Objetivos Fudamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios para la Formación General en la Educación Media'', ''Educación Física'', inmediatamente después de ''Sector Curricular'', lo siguiente:
''Primer Año Objetivos Fundamentales.
Los alumnos y las alumnas desarrollarán la capacidad de:
1) Ejecutar ejercicios y actividades tendientes a
incrementar la aptitud física, conforme a sus
posibilidades de superación personal y
limitaciones físico-motoras, mediante diversos
medios y métodos, indentificando además, algunas
de las relaciones más significativas entre
ejercicio físico, salud y calidad de vida.
2) Ejecutar habilidades motoras adaptadas a las
exigencias específicas impuestas por los diversos
juegos deportivos, deportes y actividades
expresivo-motrices más aceptadas por el...
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