Corte de Apelaciones de Santiago, 24 de mayo de 2000. Novoa Chevesich, Eugenio y otro con Servicio de Impuestos Internos - Núm. 2-2000, Mayo 2000 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 227128662

Corte de Apelaciones de Santiago, 24 de mayo de 2000. Novoa Chevesich, Eugenio y otro con Servicio de Impuestos Internos

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  1. En cuanto al recurso de apelación ingresado con el Nº 4438-99, deducido en contra de la resolución de 19 de julio de 1999, escrita a fs. 453:

    Vistos:

    Se reproduce la resolución en alzada, con excepción de sus considerandos 9º, 12º, 13º y 14º que se eliminan.

    En el considerando 4º letra b) se sustituye la cita del año "1995" por "1985", y la referencia al mes de "enero" por "octubre".

    Y teniendo en su lugar y además presente:

    1. Que tal como se ha dejado establecido, y complementan la resolución que se revisa, la sociedad "Metales Envimi Inter- nacional Limitada" fue constituida median- te escritura pública otorgada en Santiago el 28 de diciembre de 1983 en la notaría de Raúl Undurraga. El extracto quedó inscrito a fs. 237 Nº 124 en el Registro de Comercio de esta ciudad correspondiente al año 1984 y se publicó en el Diario Oficial el día 7 de enero de 1984. Los socios iniciales fueron Enrique Vilches Millar y Ramiro Javier Morales Millar.

      Conforme a lo estipulado en la cláusula cuarta de la mencionada escritura "la duración de la sociedad será de un año contado desde el 2 de enero de 1984 que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de un año, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción primitiva de la Sociedad, con 3 meses de anticipación a lo menos, al vencimiento del período respectivo".

      La sociedad fue modificada, mediante escritura pública de 3 de enero de 1985 otorgada en la notaría de Eduardo Avello, la que fue inscrita en extracto a fs. 2315 Nº 1165 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 1985. Entre otras modificaciones, en esta escritura los socios primitivos cedieron todos sus derechos sociales a los señores Eugenio Rafael Novoa Chevesich y Julio Néstor Contreras Dotte, quienes pasaron a ser los únicos socios.

      En escritura pública de fecha 18 de octubre de 1985, otorgada ante el notario Eduardo Avello Arellano, anotada al margen de la inscripción social el 22 de octubre de 1985 en el Registro de Comercio de Santiago, consta en su cláusula tercera que "De conformidad con el artículo cuarto de los estatutos sociales don Julio Néstor Contreras Dotte, declara expresamente que es de su intención poner término a la sociedad antes individualizada, manifestando de este modo expresamente su voluntad de no seguir adelante con dicha sociedad, a contar a lo menos del próximo dos de enero de mil novecientos ochenta y seis".

    2. Que de acuerdo a lo razonado en la resolución que se revisa (considerandos 5º y 6º) la declaración de desahucio del contrato de sociedad hecha por Julio Néstor Contreras Dotte, tuvo el efecto de disolverla a partir del 2 de enero de 1987. De esta manera la personalidad jurídica de tal sociedad se prolongó únicamente para el efecto de su liquidación; sus anti- guos socios Contreras y Novoa se convirtieron en liquidadores, pudiendo ellos representar a la sociedad en liquidación en forma activa y pasiva, únicamente dentro del entorno de sus facultades y dentro del ámbito de la liquidación (considerandos 7º y 8º).

    3. Que son requisitos para que un juicio tenga existencia jurídica, la existencia de un juez que ejerza jurisdicción, la de las partes, y la de un conflicto o litigio; a ello cabe agregar que...

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